A partir de este martes, la Inspección General de Justicia (IGJ) fijó nuevos requerimientos para los actos de adjudicación mensuales de sociedades de ahorro previo por círculos o grupos cerrados para la adjudicación directa de bienes muebles y sumas de dinero con destino compra de bienes muebles o servicios o ampliación o refacción de bienes inmuebles.
Planes de ahorro: nuevos requisitos para la realización de sorteos
Durante la pandemia se implementó la trasmisión en vivo de los sorteos por el aislamiento preventivo y, a partir de ahora, se hace obligatoria esa modalidad.
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Se estableció que esos procesos que se tienen que realizar por bolillero se harán presencialmente y con presencia física de escribano público, pero que, además, deberán disponer de transmisiones en vivo y se exige que los mismos sean debidamente publicitados a través de su página web y en los cupones de las cuotas que emitan.
Planes de Ahorro: nueva reglamentación para licitaciones
Así lo estableció la IGJ en la Resolución 9/2023 del organismo, que se publicó este martes en el Boletín Oficial, y que dispone su inmediata aplicación.
La norma señala que la modalidad de celebración a distancia de los actos de adjudicación mensuales, dispuesta por Resolución General 21/2020, ha demostrado ser un medio idóneo para la realización de sorteos y licitaciones durante la emergencia sanitaria y, su transmisión en vivo ha resultado útil para los suscriptores, habida cuenta de la dispersión geográfica de estos.
Por tal motivo, consideran propicio proseguir con esta modalidad y sumarla al sorteo presencial que se hace en un lugar determinado “con el consiguiente trastorno que ocasiona a los suscriptores la movilización a efectos de presenciar el acto, siendo esto, muchas veces, un impedimento para la participación”, tal como explica la norma emitida.




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