22 de diciembre 2021 - 18:02

Impuesto a las Ganancias: cómo serán los cambios para calcularlo en 2022

Durante el debate en la Cámara de Diputados la banca oficialista incorporó una cláusula para otorgarle al Poder Ejecutivo la facultad de incrementar el monto del salario más bajo alcanzado por Ganancias y, a su vez, el de la remuneración más alta alcanzada.

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La comisión de Presupuesto del Senado emitió este miércoles dictamen favorable al proyecto de ley que modifica el Impuesto a los Bienes Personales, aprobado ayer por la Cámara de Diputados. El proyecto, que eleva de 2 a 6 millones de pesos el monto mínimo no imponible a partir del cual se abonará el tributo, agrega un incremento a las alícuotas para los patrimonios superiores a $100 millones y para quienes declaren bienes en el exterior.

A su vez, durante el debate en la Cámara de Diputados la banca oficialista incorporó una cláusula para otorgarle al Poder Ejecutivo la facultad de incrementar el monto del salario más bajo alcanzado por Ganancias y, a su vez, el de la remuneración más alta alcanzada, que regirá a partir del 2022.

Las variables del tributo tienen una actualización anual y automática, según fue definido en 2018. En el mínimo no imponible, por la modalidad vigente, los montos de la tabla determina qué alícuota aplicar en cada caso. También prevé las deducciones en el caso de los hijos, cónyuges, etc.

Estas deducciones deberán incrementarse un 50,6245% (variación entre octubre de 2020 y octubre de 2021) según el Ripte. El valor del salario más bajo alcanzado por Ganancias, hoy de $175.000, debería ser llevado a $263.593, según este mismo indicador. En tanto que el valor tope para tener deducciones especiales debería pasar de $203.000 a $305.768.

La clausula votada ayer en Diputados, sostiene que el Poder Ejecutivo tiene la facultad en 2022 de subir el sueldo más bajo alcanzado por Ganancias. También podrá definir quiénes quedan liberados del impuesto por el cobro del aguinaldo. Este año, el tope fue $150.000 en junio, y $175.000 en diciembre.

Las personas que están en el régimen de autónomos, que no entraron en las deducciones especiales, tuvieron tope hasta $150.000 y, luego, hasta $175.000. Para estos casos, la deducción general para todo el año pasará de, desde el mes próximo, $503.035,19 a $757.694, con lo cual, de no aplicarse ninguna deducción por familiares o por gastos, se tributaría desde ingresos de $63.141 mensuales, en promedio.

En caso de tratarse de “nuevos profesionales” o “nuevos emprendedores” la deducción pasará de $586.874,4 a $883.977. En el caso de las jubilaciones y pensiones, el mínimo no imponible es de $232.493.

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