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25 de julio 2023 - 07:00

AFIP: quiénes están obligados a presentar las DDJJ de Bienes Personales y de Ganancias

El ente nacional de recaudación exige a determinados grupos presentar las Declaraciones Juradas correspondientes a dos impuestos importantes. Enterate más.

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Quiénes y en qué casos deben presentar sus Declaraciones Juradas en AFIP.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) es el organismo encargado de la recaudación y distribución de los aportes y contribuciones, así como también el establecimiento de multas, sanciones y aplicación de sanciones u otros conceptos. Asimismo, se ocupa de tener al día la documentación personal de cada contribuyente para determinados aportes, como por ejemplo los impuestos a las Ganancias y a los Bienes Personales.

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Para quiénes deban pagar Ganancias y Bienes Personales, están obligados a presentar sus respectivas Declaraciones Juradas (DDJJ), en determinados casos.

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AFIP: quiénes y en qué casos deben presentar sus DDJJ para Bienes Personales y Ganancias

Los obligados a presentar sus Declaraciones Juradas, según estipuló la AFIP en su página oficial, son:

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Vale remarcar que están obligados a hacerlo, sólo en los siguientes casos según corresponda:

Bienes Personales

Los grupos mencionados deberán presentar sus respectivas DDJJ cuándo el importe bruto de las rentas (sean éstas gravadas, exentas y/o no alcanzadas) obtenidas en el año fiscal, resulten igual o superior a los importes que se detallan a continuación:

Podrá verificar los valores de periodos anteriores e información sobre la presentación en el "Micrositio de Bienes Personales - Declaración jurada", al que se puede acceder mediante este link https://www.afip.gob.ar/gananciasYBienes/bienes-personales/declaracion-jurada/informativa.asp.

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La clave fiscal de AFIP debe cambiarse periódicamente.

Impuesto a las Ganancias

Los grupos mencionados tendrán que presentar su "Declaración Jurada Informativa", cuando el importe bruto de las rentas (sean éstas gravadas, exentas y/o no alcanzadas) obtenidas en el año fiscal, resulten iguales o superiores a los importes que detallados a continuación:

Se podrá chequear los valores de períodos anteriores e información sobre la presentación en el "Micrositio de Bienes Personales - Declaración jurada", accediendo mediante el link https://www.afip.gob.ar/gananciasYBienes/bienes-personales/declaracion-jurada/informativa.asp.

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