La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) ofrece un pago de hasta casi $300.000 a un grupo específico de beneficiarios. Se trata de la Prestación por Desempleo para trabajadores en relación de dependencia, que acompaña a empleados despedidos para subsistir económicamente hasta conseguir un nuevo puesto de trabajo.
Estos empleados están comprendidos bajo la Ley de Contrato de Trabajo N° 24.013. Para que puedan acceder a esta ayuda deben cumplir con algunos requisitos, que varían según el tipo de contrato que tenían, es decir, si eran trabajadores permanentes o temporarios.
Qué es la Prestación por Desempleo de ANSES
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Esta bonificación es un incentivo económico dirigido a trabajadores en relación de dependencia despedidos sin causa justa, por finalización de contrato o causas externas. Su objetivo es reducir el impacto económico que trae perder un empleo y ayudar en la búsqueda y selección de uno nuevo.
El monto y la cantidad de cuotas (de 2 a 12) se calculan según los ingresos y meses trabajados con aportes durante los últimos 3 años. El cobro mínimo de la prestación nunca puede ser menor a un Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), por lo que su valor es de $148.416. Sin embargo, tampoco puede superar por completo al SMVM, por lo que el monto máximo es de $296.832.
Requisitos para acceder
Para poder obtener la Prestación por Desempleo, ANSES estableció las siguientes condiciones según el tipo de trabajo:
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Trabajadores permanentes: tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
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Trabajadores eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.
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Trabajadores de construcción: Están comprendidos en el Régimen Nacional de la Construcción Ley N°25.371 y deben tener al menos 8 meses de trabajo con aportes en los últimos 2 años anteriores al despido o finalización de obra.
Cómo tramitar la Prestación por Desempleo
En primer lugar, es importante recalcar que el desempleado deberá presentar la siguiente documentación según la razón de despido:
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Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.
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Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
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Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
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No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
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Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta de defunción.
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En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.
Para hacer el trámite de manera virtual es necesario ingresar a Atención Virtual de Mi ANSES con el CUIL y la Clave de Seguridad Social. Sin embargo, también se puede dirigir a las oficinas del organismo, pero es necesario sacar turno previamente en su página web.
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