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7 de enero 2023 - 00:00

ANSES: paso a paso para saber el historial laboral y los aportes jubilatorios

La Administración Nacional de la Seguridad Social permite que cualquier trabajador pueda conocer su historial laboral en simples pasos. Conocé cuáles son.

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Historial laboral ANSES. 

Teniendo en cuenta que la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) permite a los trabajadores registrados en relación de dependencia y a los monotributistas acceder de forma sencilla a los datos de su historial laboral, resulta importante tener en cuenta que los aportes registrados y la edad de la persona son datos fundamentales para realizar el trámite de jubilación.

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Historial laboral en Mi ANSES: paso a paso

Para ingresar a los datos referidos al historial laboral se deberán seguir los siguientes pasos:

La constancia emitida a través de la página web no requiere autenticación de un agente de ANSES.

¿Qué datos se pueden consultar en el historial laboral?

Con este certificado que brinda la ANSES se podrá hacer un seguimiento de:

ANSES IFE Colas AUH Asignación Asignacion Bono

ANSES: ¿Qué hacer si el aporte no aparece registrado?

En caso de que los aportes del trabajador no aparezcan en el listado anterior, se podrá solicitar un reconocimiento de servicios. Esta es una resolución que reconoce los aportes jubilatorios registrados en el ámbito nacional. Para emitir el reconocimiento de servicios deberán presentar:

AFIP: cómo saber si el trabajador está registrado

En el sitio oficial de Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se puede saber si un trabajador está registrado de forma correcta, es decir, si está en "blanco". Para consultar se deberán seguir los siguientes pasos:

afip.jpg

¿Cuántos años de aporte son necesarios para jubilarse?

Por lo general, tanto hombres como mujeres deben tener aportes jubilatorios iguales a 30 años. Sin embargo, esto varía según el trabajo y sus características.

¿Qué pasa si el trabajador no tiene los suficientes aportes para jubilarse?

Al cumplir la edad requerida se deberá compensar a través de:

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