El Consejo de Ministros aprobó un acuerdo entre España y Reino Unido. Se trata de un pacto para realizar el intercambio de información sobre infractores de tránsito y reconocimiento recíproco de licencias de conducir.
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Esta medida busca aumentar la seguridad vial y finalizar las sucesivas prórrogas para el canje de consentimientos entre ambas zonas se habían aplicado desde el fin del Acuerdo de retirada del Reino Unido de la Unión Europea, explicó la Dirección General de Tránsito (DGT).
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Se aprobó un pacto que establece que se podrán canjear todos los permisos de conducir o licencias que estén vigentes y que sean de los residentes "expedidos con anterioridad a su entrada en vigor", aclaró la DGT.
Aquellas licencias que estén validadas antes de dicho momento, los conductores solicitantes tendrán como requisito obligatorio para acceder al canje que los permisos hayan sido expedidos en el país de residencia legal.
A partir de este acuerdo, los titulares de un permiso de conducir válido expedido por cualquiera de estos Estados podrán solicitar el canje de su carnet sin estar sujeto a ningún requisito adicional, de prueba práctica o teórica.
Por otro lado, los países compartirán información sobre los datos de los vehículos y sus titulares para conocer sobre infracciones como: excesos de velocidad, no usar el cinturón, no parar con el semáforo en rojo, conducir en estado de embriaguez o bajo efecto de drogas, no usar un casco, circular por otro carril o uso ilegal del celular.
"Aquellos ciudadanos británicos residentes en España que no habían realizado el reconocimiento de su permiso de conducir antes del Brexit, ni en las sucesivas prórrogas otorgadas, podrán hacerlo a partir del jueves 16 de marzo", detalló la DGT.
Además, el organismo informó, a través de su página web, que se concedió un periodo de hasta seis meses para que los ciudadanos británicos pueden circular por el país con su permiso original mientras tramitan el canje.
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