La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) explicó cómo y quiénes pueden acceder a cobrar la Asignación Universal por Hijo (AUH), prestación incluida en el Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF).
AUH de ANSES: cómo acceder a la prestación en agosto 2024
La Administración Nacional de la Seguridad Social explicó el paso a paso para ser titular de esta prestación. Enterate cómo hacerlo.
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El organismo previsional que está a cargo de Mariano de los Heros explica que las asignaciones están dirigidas a trabajadores formales, informales y desempleados. En el caso de la AUH se trata de una suma mensual que el ente paga por cada hijo menor de 18 años que pertenece a un grupo familiar sin trabajo.
Quiénes pueden tramitar la AUH de ANSES
Esta asignación está dirigida a las siguientes personas:
- Trabajadoras en relación de dependencia
- Que cobren a través de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
- Trabajadoras monotributistas.
- Trabajadoras de temporada.
- Trabajadoras rurales que cobren la Prestación por Desempleo.
- Que cobren la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra.
- Que cobren una Pensión No Contributiva por Invalidez o asignación por trasplante.
- Titulares de jubilaciones y pensiones.
Requisitos para acceder a la AUH
Para poder ser beneficiario de la AUH se deben cumplir las siguientes condiciones:
- Los progenitores deben estar desocupados, o ser trabajadores no registrados (sin aportes), o ser trabajadores del servicio doméstico.
- Los hijos no deben tener trabajo ni estar emancipados ni recibir alguna de las prestaciones previstas en la ley de asignaciones familiares.
- Los hijos y sus progenitores deben ser argentinos y residir en el país. Si son extranjeros o naturalizados deben tener 2 años de residencia en el país.
- Se debe cumplir con los controles sanitarios y de vacunación de los hijos hasta los 4 años de edad. Desde los 5 y hasta los 18 años, además de los controles de salud, se debe probar que concurren a establecimientos educativos públicos.
- La persona titular de la prestación no debe ausentarse del territorio de la República Argentina por un período superior al de noventa días (90) días corridos.
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