En Argentina, las multas de tránsito forman parte de los mecanismos que garantizan el cumplimiento de las normas viales, pero no todas mantienen su vigencia indefinidamente. Existen plazos legales después de los cuales estas sanciones prescriben y dejan de poder ser cobradas, liberando al conductor de cualquier carga económica.
Esta situación es especialmente relevante para quienes acumulan infracciones antiguas o que, por distintos motivos, no recibieron notificaciones en tiempo y forma. Cada provincia establece sus propios tiempos de caducidad, que dependen de la gravedad de la infracción y de la normativa actual, siguiendo los lineamientos de la Ley Nacional de Tránsito.
¿Cuándo prescriben las multas de tránsito?
En Argentina, la prescripción de las multas depende de la jurisdicción y de la gravedad de la infracción. Según la Ley N° 24.449, las faltas leves prescriben generalmente a los dos años, mientras que las graves lo hacen a los cinco. Sin embargo, cada provincia puede adaptar estos plazos:
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Ciudad Autónoma de Buenos Aires: faltas leves a 2 años, graves a 5 años.
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Provincia de Buenos Aires: 2 años para leves, 5 años para graves.
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Córdoba: 3 años para todas las infracciones.
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Chaco: 2 años para leves, 5 años las graves.
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Chubut: 6 meses para faltas sin iniciar procedimiento, 1 año con procedimiento iniciado y 2 años con sentencia firme.
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Catamarca: 2 años las leves, 3 años las graves.
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Corrientes: 2 años para todas las faltas.
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Entre Ríos: 5 años para todas las faltas.
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Formosa: 1 año para las leves, 2 años para las faltas graves.
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Jujuy: 5 años para todas las faltas.
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La Pampa: 5 años para todas las faltas.
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La Rioja: 5 años para todas las faltas.
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Mendoza: 2 años para las leves, 3 años las graves.
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Misiones: 5 años para todas las faltas.
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Neuquén: 3 años para todas las faltas.
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Río Negro: 5 años para todas las faltas.
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Salta: 5 años para todas las faltas.
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San Juan: 2 años para todas las faltas.
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San Luis: 5 años para todas las faltas.
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Santa Cruz: 2 años (leves), 5 años (graves)
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Santa Fe: 2 años (leves), 5 años (graves)
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Santiago del Estero: 2 años (leves), 5 años (graves)
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Tierra del Fuego: 2 años para todas las faltas.
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Tucumán: 2 años (leves), 5 años (graves).
Una vez alcanzado el plazo, los organismos de tránsito ya no pueden exigir el pago de la multa ni iniciar acciones legales para cobrarla. Es importante destacar que este periodo puede interrumpirse en casos específicos, como la comisión de faltas graves o procesos judiciales vinculados a la infracción, lo que reinicia el conteo.
Para solicitarlo, los conductores deben acercarse al Juzgado de Faltas correspondiente o realizar el trámite a través de las plataformas oficiales de cada provincia. Allí se verifica si la sanción cumple con los requisitos para considerarse prescripta y, en caso afirmativo, se elimina del sistema, evitando cobros indebidos.
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