El calendario de septiembre plantea un escenario particular para más de un millón de trabajadores mercantiles en todo el país. El Día del Empleado de Comercio, que se celebra cada 26 de septiembre, cae sábado. Es por eso que la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) junto con las principales cámaras patronales (CAC, CAME y UDECA) buscan pasar el descanso para garantizar un fin de semana largo.
Mientras se aguarda una resolución de alcance general para todo el territorio nacional, el funcionamiento de los grandes centros de compras, supermercados y comercios minoristas dependerá de los entendimientos locales y de las normativas vigentes para este tipo de jornadas.
Este año, el Día del Empleado de Comercio cae en medio del fin de semana.
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Día del Empleado de Comercio: origen de la celebración
La conmemoración remite al 26 de septiembre de 1934, fecha en que fue promulgada la Ley 11.729 bajo la presidencia de Agustín Pedro Justo. Dicha normativa reformó el Código de Comercio e incorporó conquistas laborales fundamentales para el sector, tales como la indemnización por despido, las vacaciones pagas y las licencias por enfermedad o accidentes de trabajo.
Décadas más tarde, el Congreso de la Nación estableció formalmente la jornada de descanso para los trabajadores de la actividad a través de la Ley 26.541, sancionada el 11 de noviembre de 2009. El artículo 2 de la normativa dispone que "los empleados de comercio no prestarán labores, asimilándose el mismo a los feriados nacionales a todos los efectos legales".
El antecedente que permitiría el traslado del feriado
La posibilidad de unificar la inactividad durante un día hábil cuenta con un antecedente muy cercano. Durante 2025, cuando la conmemoración también coincidió con el fin de semana, un acuerdo entre el gremio y las cámaras mercantiles permitió desplazar el asueto del viernes 26 al lunes 29 de septiembre para asegurar que todos los trabajadores pudieran disfrutar de la jornada libre.
En caso de que finalmente se formalice una nueva fecha de alcance nacional para el descanso, la medida afectará directamente el funcionamiento de supermercados, shoppings, mayoristas, tiendas de ropa, zapaterías, perfumerías y locales de electrodomésticos. Los únicos establecimientos autorizados a abrir con normalidad son aquellos atendidos directamente por sus dueños o familiares.
Qué provincias confirmaron que cerrarán los comercios el 28 de septiembre
Por el momento no se emitió ningún comunicado unificado para todo el país, pero distintas filiales gremiales y jurisdicciones locales alcanzaron acuerdos propios para modificar la fecha de descanso:
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Mendoza oficializó la postergación del asueto para el lunes 28 de septiembre
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Neuquén adoptó el mismo criterio y trasladó la inactividad al lunes 28 de septiembre
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Zapala confirmó la suspensión de actividades en grandes esquemas comerciales para el lunes 28 de septiembre
- Por su parte, La Pampa optó por adelantar el festejo y fijó la jornada no laborable para el lunes 21 de septiembre
Varias provincias y ciudades de Argentina ya confirmaron su decisión para el feriado.
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Día del Empleado de Comercio: cómo se paga la jornada
En materia laboral, el amparo de la Ley 26.541 le otorga a este día el estatus de feriado nacional, lo que determina que la inactividad no puede ser motivo de ningún tipo de descuento en la liquidación mensual del personal.
Para aquellos comercios que resuelvan abrir sus puertas y convocar al personal, la legislación establece las siguientes pautas de liquidación:
- La asistencia del empleado es estrictamente optativa y las empresas no pueden imponer la jornada laboral
- Quienes presten servicios de mutuo acuerdo deberán percibir el día con un recargo del 100%, lo que representa un haber doble
- La prestación de tareas en esta festividad no otorga derecho a un franco compensatorio posterior, sino únicamente la percepción del adicional salarial