29 de julio 2025 - 19:23

Jefe de la CGT evitó juicio por bloqueo a una estación de servicio, pero deberá pagar $8 millones

Durante el plazo de 18 meses, el sindicalista deberá informar su domicilio y movimientos migratorios, y presentarse periódicamente ante la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal.

El cosecretario general de la CGT fue beneficiado con una probation y evitará ir a juicio por su participación en un bloqueo a una estación de servicio.

El cosecretario general de la CGT fue beneficiado con una probation y evitará ir a juicio por su participación en un bloqueo a una estación de servicio.

(Redes - @unpocotendencia)

El cosecretario general de la Central General del Trabajo (CGT), Carlos Acuña, fue beneficiado con una probation y evitará ir a juicio por su participación en un bloqueo a una estación de servicio porteña, ocurrido en diciembre de 2021. A cambio, deberá cumplir cuatro horas mensuales de trabajo comunitario durante 18 meses y pagar una indemnización de $8 millones a la empresa afectada.

El fallo fue emitido por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 18 de la Ciudad de Buenos Aires, que resolvió suspender el juicio en su contra. Acuña estaba procesado y embargado por coacción, tras la protesta encabezada por unos 100 afiliados del SOESGyPE, el gremio que lidera.

El bloqueo ocurrió en 2021

El episodio tuvo lugar el 21 de diciembre de 2021 en una estación de servicio ubicada en Jujuy y México, en el barrio porteño de Balvanera. El empresario afectado, Antonio Roberto Rizzo, denunció el bloqueo con el patrocinio de la abogada y dirigente de La Libertad Avanza, Florencia Arietto.

Acuña, cercano al dirigente Luis Barrionuevo, había sido sobreseído en 2022, cuando el juzgado de primera instancia consideró que el hecho se enmarcaba en el derecho a huelga. Sin embargo, en 2024 la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones revocó ese fallo y dictó su procesamiento y embargo.

Finalmente, el juez Domingo Luis Altieri aceptó la suspensión del juicio y consideró razonables tanto la indemnización ofrecida como el cumplimiento de tareas comunitarias. Durante el plazo de 18 meses, el sindicalista deberá informar su domicilio y movimientos migratorios, y presentarse periódicamente ante la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal.

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