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8 de octubre 2026 - 08:57

La ANMAT canceló la habilitación de un laboratorio por medicamentos prohibidos: los motivos de la medida

La medida alcanza a P. L. Rivero y Cía., que no recuperó ni una unidad de los productos alcanzados por órdenes de retiro. El organismo dispuso además un sumario y una denuncia penal.

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La ANMAT dio de baja la habilitación de P. L. Rivero y Cía. tras detectar incumplimientos reiterados y un recupero del 0% de productos alcanzados por órdenes de retiro. También dispuso un sumario y una denuncia penal.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dio de baja la habilitación del laboratorio P. L. Rivero y Cía. S.A., con sede en la avenida Boyacá 411/419 de la Ciudad de Buenos Aires. La decisión se oficializó a través de la Disposición 6489/2026, publicada este jueves en el Boletín Oficial.

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La medida llega tras una serie de disposiciones regulatorias, prohibiciones de comercialización, órdenes de recupero e inspecciones. Según los antecedentes del expediente, la empresa no había completado el retiro de los productos alcanzados por esas medidas: el porcentaje de recupero informado por el Instituto Nacional de Medicamentos (INAME) fue del 0% en los trámites en curso.

Además de cancelar la habilitación, la ANMAT ordenó iniciar un sumario sanitario contra la firma y contra su director técnico, e instruyó a su Coordinación de Asuntos Judiciales para que presente una denuncia penal. La resolución menciona el artículo 239 del Código Penal, que sanciona a quien resista o desobedezca las órdenes de una autoridad en el ejercicio legítimo de sus funciones.

El laboratorio había sido habilitado en 2019 como elaborador de especialidades medicinales. Su autorización incluía medicamentos inyectables de pequeño y gran volumen, soluciones no estériles y bolsas para recolección de sangre, además de la importación y exportación de medicamentos. Sin embargo, durante 2025 y 2026 quedó alcanzado por distintas medidas vinculadas con sus productos, con procesos de elaboración tercerizados y con obligaciones de retiro del mercado.

Uno de los antecedentes principales fue la Disposición 6199/2025, que inhibió las actividades productivas de la empresa y prohibió en todo el país dos lotes de solución isotónica de cloruro de sodio al 0,9%, en presentación de 500 mililitros. Más tarde, el organismo ordenó retirar del mercado el antibiótico inyectable Danferane I.V., compuesto por trimetoprima y sulfametoxazol, y un lote de Hessico, una solución inyectable de hidroxietilalmidón al 6%. Este último retiro se dio en el marco de la cancelación, dispuesta este año, de los registros de todos los medicamentos con hidroxietilalmidón en soluciones para infusión.

De acuerdo con el expediente, los productos que debían retirarse todavía podrían permanecer en distintos eslabones de la cadena de comercialización. Por eso, la disposición establece la necesidad de definir una estructura responsable que garantice la finalización de los recuperos pendientes. El INAME y la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud deberán brindar asistencia técnica para diseñar una estrategia que permita sacar esos productos del circuito comercial.

El informe del INAME advirtió que la permanencia de unidades que debían ser retiradas constituye un riesgo para los pacientes y para la salud de la población, aunque aclaró que existen alternativas terapéuticas para los productos implicados, según el Vademécum Nacional de Medicamentos.

Las medidas alcanzaron también a otras empresas vinculadas con la elaboración y distribución de los productos del laboratorio. La ANMAT inhibió en forma preventiva a Laboratorios Polybius S.A., que figuraba como elaborador para la firma, y canceló la habilitación de Par Sol Laboratorios S.A. como elaborador de medicamentos de gran volumen, ya que había celebrado un convenio de elaboración con P. L. Rivero.

Además, prohibió todos los lotes de productos de la empresa elaborados en instalaciones de Laboratorios Solkotal S.A. y exigió su recupero. Por otra parte, suspendió preventivamente a la droguería Casa Otto Hess S.A. para el tránsito interjurisdiccional de medicamentos hasta que acredite el cumplimiento de las Buenas Prácticas de Distribución. Según el expediente, esa firma era la distribuidora exclusiva de los productos de P. L. Rivero y también importaba las materias primas e insumos utilizados en su fabricación.

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