El diario "Río Negro", con tirada en las provincias de Río Negro y Neuquén, promovió una acción de amparo contra el Ejecutivo Nacional por considerar que el decreto que prohíbe la publicación de avisos de oferta sexual (conocido como Rubro 59) "es inconstitucional, lesivo de la libertad de expresión y discriminatorio del libre ejercicio de una actividad lícita".
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El recurso en cuestión fue interpuesto por el director del matutino, Julio Rajneri, ante el juzgado de primera instancia en lo Contencioso Administrativo Nacional de la ciudad de Buenos Aires, con el patrocinio de los abogados Hugo Wortman Jofré, María Isola y María José Cuenca.
El medio reclama que se dicte una medida cautelar de no innovar que suspenda los efectos del decreto, anunciado el martes pasado por la presidente Cristina de Kirchner.
La presentación, que se dio a conocer en la edición de hoy del diario, sostiene que el decreto "abusa del poder de policía e introduce prohibiciones mediante una norma no adecuada para ello, ya que se trata de un decreto reglamentario de dos leyes que no prevén la prohibición en cuestión".
Dice que el Ejecutivo Nacional presentó el decreto como reglamentario de la ley antitrata pero avanzó en terrenos ajenos a esa norma. Además, "no informa sobre cuáles y de qué naturaleza serían las sanciones para quienes violaran esa prohibición", expresó.
También argumenta que el decreto es inconstitucional porque establece "una restricción de tinte discriminatorio". El tercer agravio planteado es la conculcación de la libertad de expresión y del derecho a publicar la oferta de comercio lícito.
El amparo destaca que "la trata de personas con fines sexuales es un delito aberrante, pero la prohibición ejecutiva, como se ha visto, no se revela como preventiva del delito que se pretende de ese modo combatir".
Además, considera que "el desacierto de la inducción es comparable a sostener que siendo los accidentes de tránsito vehicular una de las principales causas de muerte en nuestro país, debe prohibirse publicar avisos de venta de vehículos como mecanismo tendiente a la disminución de la comisión de delitos contra la vida e integridad de las personas".
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