20 de junio 2026 - 00:00

Cuando el jefe es un algoritmo: el nuevo convenio de la OIT y la encrucijada argentina

La regulación internacional sobre plataformas digitales reabre el debate por la gestión automatizada del trabajo, mientras los tribunales locales avanzan sobre el vínculo entre apps de reparto y sus trabajadores.

El avance de las plataformas digitales puso en discusión quién toma las decisiones laborales detrás de cada aplicación.

El avance de las plataformas digitales puso en discusión quién toma las decisiones laborales detrás de cada aplicación.

La Conferencia Internacional del Trabajo (OIT) aprobó la primera norma internacional vinculante sobre la economía de plataformas. Regula la “gestión algorítmica” y reafirma la primacía de la realidad, justo cuando la Justicia argentina define si los repartidores son empleados.

El 12 de junio, en Ginebra, la Organización Internacional del Trabajo aprobó el Convenio 193, la primera norma internacional con fuerza vinculante que regula el trabajo en plataformas digitales. Pasó casi inadvertido en la agenda local, monopolizada por la reforma laboral. Es un error mirar para otro lado: este convenio toca de lleno una discusión que hoy se está resolviendo en los tribunales argentinos.

Conviene empezar por desinflar el pánico. La inteligencia artificial no va a vaciar de empleados a las empresas. Los propios estudios de la OIT muestran que, para la enorme mayoría de las ocupaciones, la IA transforma tareas pero no las elimina. El problema, entonces, no es la cantidad de empleo. El problema es el poder: quién manda, cómo manda y si rinde cuentas.

El algoritmo que manda

Hay dos formas de usar la IA en el trabajo. Una automatiza tareas del trabajador. La otra, la que de verdad importa, automatiza al jefe. Es lo que se llama “gestión algorítmica”: un sistema que reparte el trabajo, fija cuánto se cobra, califica, sanciona, restringe y, en el extremo, “desconecta” o bloquea, que es la manera elegante de decir que despide. Todo eso sin una persona a quien reclamarle, sin explicación y sin posibilidad de revisar la decisión.

Hace más de una década que vengo advirtiendo cómo la tecnología borró la frontera entre el tiempo de trabajo y la vida privada: la “jornada eterna” del empleado siempre conectado. La gestión algorítmica lleva ese fenómeno al límite. Ya no se trata solo de que el trabajo te persiga a cualquier hora; se trata de que un algoritmo opaco decide tu suerte laboral y no le rinde cuentas a nadie.

El Convenio 193 hace algo sencillo y potente: le pone reglas a ese poder. Exige transparencia sobre los sistemas automatizados de evaluación y le reconoce al trabajador el derecho a impugnar las decisiones que lo perjudican, como la suspensión de pagos o el bloqueo de la cuenta. El algoritmo deja de ser soberano e irrevisable.

Porqué le importa a la Argentina

Hay un segundo punto, y es el que más nos toca. El Convenio obliga a clasificar la relación laboral según la realidad de los hechos, por encima de lo que diga el contrato. Es, en el lenguaje internacional, la primacía de la realidad: el mismo principio que consagra el artículo 14 de nuestra Ley de Contrato de Trabajo.

Y esto no es teoría. En abril, la Suprema Corte bonaerense ratificó multas millonarias contra plataformas de reparto y sostuvo que sus repartidores trabajan en relación de dependencia. Las empresas insisten en que son “autónomos”; la Corte miró los hechos y no les creyó (al menos rechazo el recurso por una cuestión técnica, pero…). Esa pelea, tarde o temprano, va a llegar a la Corte Suprema nacional.

Acá aparece la tensión de fondo. La Ley Bases avanzó en sentido contrario: limitó la presunción de laboralidad e introdujo figuras como la del “colaborador” para sacar trabajadores del régimen protectorio. El Convenio 193 ofrece el argumento opuesto, y con jerarquía superior a la ley: manda estar a la realidad. Si la Argentina lo ratifica, lo que la reforma quiso quitar por vía interna, el derecho internacional lo devuelve por vía convencional.

¿Lo va a ratificar este Gobierno? Difícil, en un contexto donde se cuestiona al multilateralismo y a la propia OIT. Pero un convenio no necesita estar ratificado para pesar: un juez puede invocarlo hoy para interpretar la ley argentina, y el legislador puede tomarlo como modelo para una futura ley de plataformas.

La inteligencia artificial no nos obliga a reinventar el derecho del trabajo. Nos obliga a aplicarlo con coraje a un poder que se disfraza de tecnología. El verdadero riesgo no es que las empresas se queden sin empleados, sino que los trabajadores se queden sin un empleador a quien reclamarle. Que detrás del algoritmo siga habiendo alguien responsable: de eso, al final, se trata.

Abogado laboralista, profesor de Derecho del Trabajo (UBA), presidente de la Asociación Abogados del Fuero y director de Altieri Legal.

Te puede interesar