Dentro de los beneficios con los que cuenta la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES), se encuentra la Prestación por Desempleo. Esta funciona para los trabajadores en relación de dependencia que hayan sido despedidos sin justa causa.
La Administración Nacional de Seguridad Social cuenta con un plan que sirve a quienes hayan sido despedidos sin una causa justa.
Dentro de los beneficios con los que cuenta la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES), se encuentra la Prestación por Desempleo. Esta funciona para los trabajadores en relación de dependencia que hayan sido despedidos sin justa causa.
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Los requisitos a tener en cuenta dependen del tipo de trabajador. En el caso de trabajadores permanentes, deben tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato. En el caso de los trabajadores eventuales o de temporada, deben haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.
El monto y la cantidad de cuotas que se cobran (entre 2 y 12) se calculan según los ingresos y meses trabajados (con aportes) durante los últimos 3 años. Por su parte, los trabajadores mayores a 45 años cobran durante 6 meses más.
Es a través de una Caja de Ahorro de la Seguridad Social que se cobra este beneficio. Quién no tenga ya una cuenta registrada con ANSES deberá presentarse en la sucursal bancaria asignada para formalizar la apertura de la Caja de Ahorro y recibir una tarjeta.
Pueden acceder a la Prestación por Desempleo los trabajadores en relación de dependencia despedidos sin justa causa, por finalización de contrato o por causas externas, siempre que estén comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo N° 24.013.
La documentación que se debe presentar para ser beneficiario de la Prestación por Desempleo es:
La documentación para los distintos casos son:
Para hacer el trámite se debe reunir toda la documentación y luego ingresar en Atención Virtual, para lo que se necesitará el CUIL y la Clave de Seguridad Social.
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