No envainaron la lengua, como sugirió el presidente de la Corte Suprema, Enrique Petracchi. Por el contrario: los jueces de la Sala V de la Cámara del Crimen volvieron a calificar la prisión preventiva como una pena anticipada y se pronunciaron por conceder la excarcelación de Raúl Villarreal, mano derecha del empresario Omar Chabán. El encargado de la seguridad del boliche de Cromañon, donde murieron 193 jóvenes, deberá depositar una fianza de 30 mil pesos para salir del penal de Marcos Paz.
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La decisión de los jueces era esperable. Pero sonó a desafío porque se produjo a horas de la marcha que el ingeniero Juan Carlos Blumberg llevó a la escalinata de los Tribunales de Talcahuano, contra las excarcelaciones y la prescripción de causas. Y, además, porque el fallo liberatorio está plagado de intención política con destinatarios precisos: el jefe de Gabinete, Alberto Fernández; el diputado Jorge Casanovas y el procurador Esteban Righi. Esa tríada encabezó las críticas que desde el poder político se lanzaron por la excarcelación de Chabán.
Con picardía criolla, los controvertidos camaristas tomaron pasajes de obras y libros de Fernández, Casanovas y Righi, para explicar (o justificar) el fallo que le concedió ayer la excarcelación a Villarreal (ver vinculada).
Según la Cámara del Crimen, el jefe de seguridad de Cromañon no se fugará ni entorpecerá la marcha de la investigación. La liberación fue respaldada con los votos de Bruzzone y Garrigós de Rébori, los mismos que ordenaron la libertad de Chabán el 13 de mayo. Al igual que en esa ocasión, votó en disidencia el juez Rodolfo Pociello Argerich.
El voto de la mayoría recordó que Villarreal está procesado por 193 homicidios y cohecho activo (coimas), pero afirmaron que la prisión preventiva «por su gravedad, sólo debe ser dictada en casos extremos, es decir, cuando no exista una medida de menor intensidad para asegurar la realización del juicio».
Ambos camaristas afirmaron que ello es «consecuencia obvia» del principio de inocencia, inherente a toda persona, «que impide imponer la medida de coerción que implica la privación de la libertad», hasta tanto no se dicte una sentencia condenatoria, que lo haga como pena, luego del juicio oral y público. «De lo contrario, podría incurrirse en un adelantamiento de pena, extremo que resulta inadmisible y violatorio de la Constitución nacional», sostuvieron para revocar la medida que restringe la libertad ambulatoria de Villarreal.
Los camaristas destacaron que Villarreal, a las pocas horas de ocurrido el hecho, en la mañana del 31 de diciembre de 2004, se presentó voluntariamente en la comisaría y prestó declaración testimonial. Agregaron que luego denunció su domicilio real, donde finalmente fue detenido el 23 de febrero, y que ese lapso transcurrió «sin que haya exteriorizado con acciones reales que fuera a sustraerse a la acción de la Justicia ni entorpecer la investigación». Finalmente, tuvieron en cuenta que el imputado cuenta «con arraigo y no registra antecedentes penales».
El abogado Albino Stefanolo, defensor de Villareal, se mostró «muy conforme» con el voto mayoritario y, a diferencia del criterio adoptado por Chabán, afirmó que «si se reúne el dinero (su defendido) saldrá en libertad mañana mismo».
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