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Señal de la Corte: rechazó una demanda contra el "corralito"
La Corte le dio un respiro ayer al gobierno, al mismo tiempo que contribuyó a tranquilizar la economía del país. Los magistrados decidieron, en los hechos, prorrogar la vigencia del decreto que suspende la devolución de depósitos bancarios retenidos en el "corralito" por imposición de amparos judiciales. Lo hicieron al rechazar un planteo de inconstitucionalidad de la norma que hizo el gobernador de Río Negro, Pablo Verani, aunque no se pronunciaron sobre la cuestión de fondo. Esta discusión se dará cuando llegue por vía del proceso otra decisión de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal que decretó la nulidad de ese decreto ante el planteo de un particular.

Los jueces Julio Nazareno, Eduardo Moliné O'Connor, Carlos Fayt,Augusto Belluscio, Guillermo López y Adolfo Vázquez sostuvieron que en la cuestión planteada no estaban comprometidos los intereses de la provincia y por eso Verani carecía de legitimación para accionar. «En cuanto a los invocados derechos de los ahorristas debe señalarse que ello no autoriza la intervención de las autoridades provinciales, ya que en tal caso la Carta Magna sólo autoriza a hacerlo al afectado, al defensor del pueblo y a las asociaciones que actúen en defensa intereses colectivos». Boggiano, por contradicción, coincidió con el dictamen de Becerra de aceptar la competencia originaria de la Corte, debiéndose evaluar la presentación de Verani como una «acción declarativa».
A su vez, el fallo de los camaristas María Inés Garzón de Conte Grand, Jorge Héctor Damarco y Marta Herrera declaró inconstitucional el mismo decreto 1.316/02 que la Corte no quiso tratar por estar mal planteada la competencia. Si bien la sentencia sólo tiene efectos para este caso particular de Vacarezza, se espera para los próximos días un fallo de la Sala V de la misma cámara ante un caso presentado por el defensor del pueblo, Eduardo Mondino, en nombre de miles de damnificados. Las restricciones impuestas en el sistema financiero fueron declaradas inconstitucionales por la Corte, lo que multiplicó la cantidad de decisiones judiciales que permitieron a los ahorristas recuperar sus depósitos.
Sin embargo, 25 por ciento de los depositantes se acogió al canje de bonos públicos ofrecidos por el gobierno y permitió disminuir la presión sobre los bancos que también se verán aliviados por no tener sentencia firme la inconstitucionalidad del decreto que frena los amparos. «Las suspensiones de la ejecución de las medidas cautelares y sentencias resultan contrarios a la Constitución nacional, ya que desnaturalizan la esencia del sistema republicano de gobierno, destruyendo el control judicial, lo que resulta contrario al derecho de los ciudadanos a una tutela judicial efectiva», sostuvieron los tres camaristas federales.


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