Miembros del personal asignado al próximo Cónclave en el Vaticano prestaron juramento de secreto en la Capilla Paulina este lunes. La pena para quienes lo incumplan es la excomunión automática en contexto de las normas que rigen la elección del sucesor del papa Francisco.
Pena de excomunión: el castigo para quienes incumplan el secreto absoluto durante el Cónclave
A dos días del Cónclave para el sucesor del papa Francisco, el personal del Vaticano está obligado a guardar secreto sobre la votación. Aplica a cardenales, cocineros y demás personal.
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Se trata de una pena para quienes no cumplan con el secreto durante el Cónclave.
Unas 100 personas -entre ellos limpiadores, cocineros y clérigos que actuarán como confesores en diversos idiomas- se comprometieron a guardar absoluta confidencialidad sobre cualquier detalle relacionado con el proceso de votación.
Vaticano: pena de excomunión para quienes rompan el secreto
La obligación se extiende más allá del cónclave y solo puede ser levantada por el futuro pontífice. La normativa también prohíbe el uso de aparatos de grabación, audio o video, durante todo el período electoral dentro de los muros vaticanos.
El cónclave iniciará el miércoles en la Capilla Sixtina, con la participación prevista de 133 cardenales, de los cuales 108 fueron nombrados por Francisco. En paralelo, decenas de laicos y religiosos se encargarán de alojar, alimentar y atender sanitariamente a los votantes.
Estos últimos permanecen aislados del exterior hasta que una fumata blanca anuncie al nuevo Papa; residirán en Vaticano y podrán desplazarse a pie o en un autobús dentro del perímetro sellado.
El portavoz de la Santa Sede Matteo Bruni señaló que los cardenales solo dejarían sus teléfonos móviles en su residencia de Santa Marta y aclaró que serán entregados al iniciar el cónclave y devueltos únicamente al final.
Para garantizar el aislamiento, el Vaticano instalará inhibidores de señal alrededor de la Capilla Sixtina y las residencias, bajo vigilancia de la gendarmería vaticana.
Qué es el juramento de secreto
El contenido del juramento de secreto está regulado por una normativa que data de 1996, establecida por San Juan Pablo II en el documento Universi Dominici Gregis, que rige los procedimientos de elección del papa.
Ya contando con posibilidad de sanciones, el papa Benedicto XVI reforzó esta disposición con dos enmiendas; esto explicita que toda persona que revele información del cónclave incurre en excomunión automática, reservada exclusivamente a la Sede Apostólica.
La fórmula actual del juramento obliga a quienes lo prestan a observar una “secrecía absoluta y perpetua” sobre todo aspecto relativo a la votación.
Además, se les exige reconocer que toda infracción implica la pena más severa del derecho canónico. Los participantes sellan el compromiso tocando los Santos Evangelios.
El Vaticano no proporciona estimaciones oficiales sobre la duración del cónclave, dado que el proceso no está sujeto a plazos preestablecidos y depende del consenso que logren los cardenales electores. La duración será conocida únicamente cuando se eleve el humo blanco desde la chimenea de la Capilla Sixtina.
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