Mediante el dictado de la Resolución General 5.437, la AFIP dispuso un régimen opcional de presentación y pago de las declaraciones juradas de IVA y Ganancias para los vencimientos que operen en el durante el mes de enero de manera de aliviar las tareas para el cumplimiento de dichas obligaciones fiscales, lo que redunda en descomprimir los quehaceres que demandan tales tareas en cabeza de los contadores y que la feria fiscal de verano resulta un poco más plena.
Mejorar la feria y un reclamo
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Pero si bien se morigeran las labores respecto de las citadas obligaciones nacionales, persisten las de nivel provincial.
Por tal motivo el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de CABA, presentó sendas notas ante la Comisión Arbitral, la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA)y la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) solicitando se considere la posibilidad de extender el beneficio aprobado a nivel nacional a los impuestos que recauda cada una de las reparticiones mencionadas a los fines de permitir atravesar el primer mes del año de una manera más aliviada y sin que ello genere un perjuicio para la recaudación de las administraciones tributarias.
Por otro lado, atento lo establecido en la Resolución General 5.422 que prorrogó los vencimientos de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre 2023 para los aportes de los trabajadores autónomos y del IVA, la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) se dirigió a la AFIP advirtiendo que transcurridos los vencimientos de septiembre los profesionales (no sólo de Ciencias Económicos sino de otras profesiones también) recibieron la intimación por incumplimiento del IVA, razón por la cual la entidad solicitó que se realicen las adecuaciones sistémicas pertinentes y se dejen sin efecto las intimaciones cursadas.
L.M.S



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