COMBUSTIBLES
Reseña impositiva
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La Justicia confirma la validez de la notificación y rechaza la nulidad de la ejecución fiscal
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El sistema tributario, la presión fiscal y la volatilidad normativa frente a la toma de decisiones de las empresas
RG 5.183 (AFIP) (BO 12/4/22)
Determinación e ingreso del gravamen. Nuevo aplicativo.
La RG 4.233 estableció los procedimientos, formas, plazos y condiciones que deben observar los sujetos pasivos definidos en los artículos 3° y 12 de la Ley 23.966, Título III de Impuestos sobre los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono, para la determinación e ingreso de los gravámenes. Habiéndose incorporado mejoras al aplicativo vigente y la actualización de montos fijos y precio por litro, resultó necesario aprobar una nueva versión.
Así se puso a disposición el aplicativo denominado “COMBUSTIBLES LÍQUIDOS- Versión 5.0”, que rige desde el 13/4/22 y resulta de aplicación para las declaraciones juradas -originales o rectificativas- que se presenten a partir de dicha fecha.
INCENTIVOS FISCALES
Res. 228/22 (SIECyGCE)
(BO 1/4/22)
Régimen de promoción. Ley 19.640. Vigencia. Ampliación. Reglamentación.
A partir del 24 de octubre rige el Dto. 727/21 que estableció hasta el 31/12/38 el plazo de vigencia de los derechos y obligaciones acordados en el marco de la Ley 9.640 y de los Dtos. 479/95, 490/03 y 1234/07 y sus normas complementarias, concedidos a las empresas industriales regularmente constituidas con arreglo a las leyes argentinas y radicadas en la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, con proyectos vigentes al 23 de octubre de 2021, si se cumplen los requisitos y exigencias que se establecen en ese decreto y sus normas complementarias, con los alcances y limitaciones dispuestos.
La Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa (SIECyGCE), como autoridad de aplicación, dictó la Res. 228/22 disponiendo que para quedar comprendidas en las previsiones del art. 1° primera parte del Decreto citado las empresas que contaban con proyectos vigentes al día 23/10/21 deberán presentar su solicitud de adhesión hasta el día 24 de abril de 2022 inclusive, ante la Dirección de Política Automotriz y Regímenes Especiales, dependiente de la Dirección Nacional de Gestión de Política Industrial, de la Subsecretaría de Industria de la SIECyGCE conforme el procedimiento que se aprueba como Anexo I, el que será aceptado o no para seguir en el régimen.
La norma contiene siete anexos que regula los distintos procedimientos y trámites.
R.H.F.
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