Seguridad social

APORTES Y CONTRIBUCIONES

Res. 10/22 (CNTA) (BO 09/03/22)

Asignaciones no remunerativas para personal agrario

A fines de 2021 se dictaron varias resoluciones que establecieron las remuneraciones mínimas para los trabajadores del Régimen de Trabajo Agrario. Además del incremento se determinó una asignación extraordinaria de carácter no remunerativo a los efectos previsionales Atento las reiteradas consultas de empleadores y trabajadores se aclaró que dicha asignación se encuentra alcanzada con los aportes y contribuciones a la obra social, cuota sindical o cuota solidaria y a las establecidas por Ley 24.557.

ASIGNACIONES FAMILIARES

Res. 33/22 (ANSES) (BO 02/03/22)

Asignaciones familiares. Incremento.

Habiendo ANSES establecido el valor de la movilidad jubilatoria desde marzo 2022 en 12,28%, ese índice se aplicó a los montos de las asignaciones familiares y universales y a los rangos de ingresos del grupo familiar previstos en la Ley 24.714, incrementando los valores desde el mes citado. El límite de ingresos máximo aplicable a las personas titulares correspondiente al grupo familiar será $ 316.731 pero si la percepción de uno de ellos supera $158.366 los excluye del cobro. Los rangos y montos se detallan en Anexos a la norma.

BENEFICIOS SOCIALES

Res. 167/22 (MTESS)

(BO 02/03/22)

Titulares de paradas y/o repartos de diarios, revistas y afines Programa de Asistencia y Reconversión. Inscripción

La Res. 902/21 (MTESS) dispuso un beneficio a favor de los titulares de paradas y/o repartos de diarios, revistas y afines, consistente en el pago una suma dineraria individual de $120.000 durante 2022, que se hará efectiva en 6 cuotas consecutivas mensuales de $20.000. Ahora el Ministerio fijó el plazo para la inscripción al Programa, el cual estará comprendido entre el 2/3 al 30/6/22 inclusive

Res. 228/22 (MTESS)

(BO 09/03/22)

Asistencia a productores frutícolas de Rio Negro y Neuquén. Documentación

Mediante Res. 65/22 (MTESS) se dispuso la asistencia de emergencia extraordinaria a los productores frutícolas y afines de determinados Departamentos Río Negro y Neuquén. Se otorga una suma dineraria individual y fija a los trabajadores a cuenta de las remuneraciones a cargo de los empleadore,s equivalente al 70% de la remuneración neta y hasta un máximo de $9.000. Se extiende por cuatro meses consecutivos. A solicitud de las provincias citadas, el Ministerio replanteó y simplificó la documentación a aportar

RIESGOS DEL TRABAJO

Res. 11/22 (SRT) (BO 03/03/22)

Normas preventivas Trabajos con electricidad. Adecuación.

En el marco de su obligación preventiva, la Superintendencia, adecuando las normas preventivas para Trabajos con Tensión en Instalaciones Eléctricas Mayores a UN KILOVOLT, reemplazó la Res. 592/04 (SRT). Resulta obligatoria para los empleadores que desarrollen trabajos con la citada tensión, debiendo poner a disposición de las comisiones de higiene y seguridad de cada empresa los Planes de Capacitación en materia de trabajos con tensión que se desarrollen, para la habilitación de los trabajadores que realicen dichas tareas.

SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO

Res. 5/22 (SSS) (BO 08/03/22)

Pensión graciable a

fallecidos por Covid

La Ley 27.549 reguló una pensión graciable de carácter vitalicio, consistente en una suma mensual igual al doble del haber mínimo jubilatorio, para los derechohabientes del personal del sector salud, personal de seguridad, aduaneros, bomberos, recolectores de residuos domiciliarios y patogénicos, declarados esenciales, que hayan fallecido entre el 1/3 y el 30/9/20, como consecuencia de haber contraído Covid-19 por el desempeño de sus tareas habituales. Se aprueban las normas para la aplicación efectiva del beneficio.

L.M.S.

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