INCENTIVOS FISCALES
Reseña impositiva
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La Justicia confirma la validez de la notificación y rechaza la nulidad de la ejecución fiscal
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El sistema tributario, la presión fiscal y la volatilidad normativa frente a la toma de decisiones de las empresas
Dto. 281/23 (BO 29/5/23)
Promoción de Inversiones en la Industria Automotriz-Autopartista y su Cadena de Valor. Ley 27.686. Reglamentación.
El PEN reglamentó a la Ley 27686 (BO 17/9/22) cuyo detalle se anexa a la norma, resultan-
do la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo la autoridad de aplicación. Rige desde 30/5/23.
Entre otras disposiciones, se establece el tratamiento de las inversiones realizadas hasta la puesta en marcha del proyecto aprobado, respecto de los créditos fiscales vinculados con la devolución del Impuesto al Valor Agregado.
La AFIP dictará las normas aclaratorias y/o complementarias que sean pertinentes para la efectiva implementación de los beneficios contemplados en la Ley 27.686 y en la reglamentación
LAVADO DE ACTIVOS
Res. 86/23(UIF) (BO 29/5/23)
Intercambio de información con organismos análogos del exterior. Procedimiento. Res. 66/23. Errores. Corrección.
En razón de haberse detectado en la Planilla de Intercambio de Información incorporada mediante Res. 66/23 errores materiales en el punto octavo de la misma, La Unidad de Información Financiera procedió a su rectificación. A tal fin la UIF dictó la Res. 86/23.
PROCEDIMIENTO
Res. Conj. 1/23 (AFIP-UIF-
CNV-SSN-BCRA) (BO 29/5/23)
Unidad de Seguimiento, Trazabilidad y Promoción de las Operaciones de Comercio. Creación.
En forma conjunta en el Ministerio de Economía, en forma conjunta por Res. 1/23 la AFIP, la Unidad de Información Financiera, la Comisión Nacional de Valores,, la Superintendencia de Seguros de la Nación y el BCRA conformaron la Unidad citada, a fin de analizar diariamente la información conectada relativa a las operaciones comerciales involucradas y dispondrán las medidas que resulten necesarias en el ámbito de su competencia.
Tendrá como objetivo:
Efectuar el monitoreo de operaciones de compra y venta de bienes y servicios en el comercio interno y externo.
Promover con equidad las operaciones comerciales, evitando posiciones dominantes.
Verificar la trazabilidad de los bienes objeto de comercio y la correcta tributación en cada etapa.
Orientar al consumidor, atendiendo las variables obtenidas en el proceso de seguimiento.
Las áreas integrantes de la referida Unidad suministrarán el apoyo material y de recursos humanos necesarios para el eficaz cumplimiento de su cometido.
Res. 228/23 (SIDP) (BO 30/5/23)
Facturas de crédito electrónicas MIPYMES. Plazos.
La Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo estableció plazos de aplicación a partir del 1/6/23 y hasta el 31/7/23.
RHF
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