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En efecto, el Decreto 392/'03 que en su momento incorporó a los convenios colectivos en forma plana los doscientos veinticuatro pesos con un monto idéntico para todas las categorías ya no resulta aplicable. En cambio, los sesenta pesos remunerativos Informate más
El objetivo es similar al de lo ocurrido con el Decreto 392/'03 que, reiteramos, no es aplicable a los aumentos del Poder Ejecutivo vigentes. Para ello, se toma primero la suma de sesenta pesos. Luego se le agregan a los cien pesos más otros veinte para cubrir las retenciones, lo que arroja un total de ciento ochenta pesos. Reiteramos, sumamos las dos sumas surgidas del Decreto 2.005/'04, como si las dos fueran remunerativas. Luego, el monto resultante se instala en la base de la escala (el nivel más bajo del convenio colectivo), y finalmente se negociará la aplicación de la apertura de la escala a todas las categorías superiores. Dependiendo de los convenios de que se trate estas incorporaciones pueden producir un aumento salarial promedio superior a 30%, y un incremento del costo sobre la grilla que puede llegar a 50%, teniendo en cuenta cargas sociales, adicionales, la incidencia de aguinaldo y vacaciones, y otros accesorios de la retribución.
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