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29 de marzo 2021 - 12:16

Cambios en Ganancias, Monotributo y cuánto te va a devolver AFIP

Más allá de los 1.267.000 millones de trabajadores que dejaran de tributar este impuesto a las ganancias o como impactara en las arcas del estado, vamos a explicar los principales puntos que tenes que saber de los dos proyectos de ley:

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La maratónica sesión en el recinto de Diputado el pasado sábado se justificó con la aprobación de la media sanción de dos proyectos de ley que tienen como principal destinatario el consumo, la actividad económica, la producción, el empleo y la sociedad.

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Más allá de los 1.267.000 millones de trabajadores que dejaran de tributar este leonino impuesto a las ganancias o como impactara en las arcas del estado, vamos a explicar los principales puntos que tenes que saber de los dos proyectos de ley:

Proyecto de sostenimiento e inclusión fiscal para Monotributistas

El objetivo del proyecto que ya cuenta con media sanción es armonizar la transición entre el Monotributo y el Régimen General de Autónomo y darles a 3 millones de monotributistas un alivio fiscal y permanencia en un Régimen tributario que le hace fácil la vida a la gente.

Cuáles son los problemas a resolver con esta ley:

Cuáles son los cambios nuevos con esta ley.

Tenemos que analizar a fondo el sistema del monotributo y generar los controles necesarios para que no sea una herramienta para perder derechos laborales, si no para dinamizar la actividad económica y el consumo facilitando su crecimiento

Proyecto de modificación del pago de ganancias de empleados relación dependencia y jubilados

El objetivo del proyecto de ley que ya cuenta con media sanción en diputados es lograr que mas trabajadores en relación de dependencia y jubilados dejen de pagar el impuesto a las ganancias anualmente.

Nuevo piso de tributación para los trabajadores dependientes

Los trabajadores que ganen menos de $124.500 Neto (sueldo en mano), que sería un salario bruto mensual de hasta $150.000, (bruto sin los descuentos de ley), No pagan ganancias

Salarios superiores a los $150.000.

El congreso le da facultades al Poder Ejecutivo para que disponga deducciones adicionales que alivien la carga fiscal para quienes tengan sueldos brutos de entre $150.000 y $173.000

Jubilados y pensionados

Los jubilados que ganan menos de $164.616 No pagan ganancias.

Aguinaldo.

Los aguinaldos hasta $150.000 bruto (la suma de los aguinaldos), NO pagan ganancias.

Autónomos y Monotributo. Estos contribuyentes no fueron considerados en el proyecto y, por lo tanto, seguirán tributando igual que ahora.

Deducciones. Se puede deducir no solo el cónyuge, sino también el concubino, y los convivientes, a quienes se los define como integrantes de la unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida común, sean del mismo o de diferente sexo.

Gastos de guardería y prestaciones complementarias

El reintegro por gastos de guardería, jardín materno infantil hasta hijos de 3 años que la empresa no tenga guardería, bonos de producción, falla de caja, material educativo, la provisión de ropa, equipamiento del trabajador para uso exclusivo de sus funciones o el otorgamiento de un pago por capacitación, NO pagaran ganancias. El límite para la exención de guardería materno infantil sería este año de $67.071.

Personal de Salud.

Los trabajadores de Salud siguen afuera del impuesto a las ganancias por las guardias y horas extras o adicionales

Actualización anual

La actualización del piso de ganancias se hará mediante la variable RIPTE (Remuneración imponible de trabajadores estables).

Devolución.

El proyecto de ley se aplica desde el 1 de enero de 2021 y la AFIP contemplara la devolución de los retenido enero, febrero y marzo por ganancias.

La devolución no será automática, sino que AFIP reglamentará el aplicativo para su reintegro/devolución a la CBUs de los trabajadores.

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El cuadro indica lo que AFIP le debe devolver a los trabajadores la suma de lo que le retuvieron en enero, febrero y marzo.

Ejemplo. Un trabajador soltero que gana en mano $83.000.- Le sacaron en enero, febrero y marzo la suma de $1752 y ese valor se debe devolver, cuando AFIP lo indique y de que manera. Un trabajador casado con 2 hijos que gane en la mano $99.600, le van a devolver por los 3 meses del año la suma de $105.

(*) Abogado Especialista en Derecho del Trabajo. Presidente de APREEA

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