La Cámara de diputados bonaerense aprobó la iniciativa de un régimen simplificado de pago para el impuesto sobre los ingresos brutos por ARBA.
Claves de la simplificación del régimen de Ingresos Brutos en Buenos Aires
La Cámara de diputados bonaerense aprobó la iniciativa de un régimen simplificado de pago para el impuesto sobre los ingresos brutos por ARBA. Qué implica este tributo.
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La Cámara de diputados bonaerense aprobó la iniciativa de un régimen simplificado de pago para el impuesto sobre los ingresos brutos por ARBA
Sin duda esta simplificación implicará seguramente un mayor cumplimiento de las obligaciones fiscales en esta jurisdicción.
También afirmamos y recordamos, que este tributo debería tender a desaparecer de la estructura tributaria por el daño que realiza a la economía al acumularse en todas las etapas y no contemplar la efectiva o posible rentabilidad de la operatoria.
Es considerado el más distorsivo de todos los tributos. Sin embargo, somos conscientes que el 70% de los ingresos necesarios para solventar los gastos públicos directos de la jurisdicción surgen de ese impuesto consecuencia de restricciones en la coparticipación de todas las provincias.
Sería aplicable sólo para aquellos que desarrollen enteramente su actividad dentro de la provincia de Buenos Aires. Se contemplarían los mismos parámetros que utiliza la AFIP, para el denominado monotributo.
Se estima que habrá un millón de monotributistas bajo ARBA, y ello ayudará a un control más sencillo para la Dirección de rentas.
No habrá en estos casos declaraciones juradas mensuales con aplicación de alícuota, sino directamente un cargo fijo según la tabla.
Una gran ventaja, es que se evita retener este impuesto de ingresos brutos por parte de los agentes pagadores a estos contribuyentes – mejorando la administración de tesorería- y a los registrados en el régimen evitar sufrir este adelanto del tributo.
Tampoco deberían aplicarse las retenciones bancarias del SIRCREB a estos contribuyentes registrados en Monotributo Bonaerense.
Todos estos adelantos de la obligación fiscal, en la generalidad de los casos llevan a acumular saldos a favor que el fisco no devuelve y la posibilidad de compensación suele ser remota debiendo pasar varios periodos fiscales antes de su absorción definitiva en valores nominales.
Aún falta la sanción del senado de la provincia para convertirlo en ley.
(*) Contador público, socio fundador del Estudio SSV y Asoc.
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