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11 de junio 2020 - 00:00

Senado intenta sancionar ley de alquileres en recinto tenso

El combo de proyectos también incluye la iniciativa de educación a distancia, que tiene aval de Diputados. Puja oficialismo-oposición por temario alejado de pandemia.

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La demorada y “resbaladiza” ley de alquileres sobre la que oficialismos y oposiciones dieron vueltas durante un puñado de años podría ser sancionada hoy en el Senado, en medio de una tensa sesión tras el destrozo que aplicó el kirchnerismo en los últimos 10 días al protocolo de “consenso” para votar temas relacionados con la pandemia del coronavirus, tal como contó Ámbito en su edición de ayer.

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El convite virtual de hoy, que se iniciará a las 14, tiene además la ley de educación a distancia y el polémico intento del oficialismo para avanzar con retoques el régimen de Sociedades por Acción Simplificadas (SAS) que beneficia a emprendedores, impulsado durante el gobierno anterior.

Con las modificaciones que impulsa el Frente de Todos, la IGJ que ahora comanda Ricardo Nissen -de relación cercana a la familia Kirchner- podrá revisar todas las SAS creadas y así limpiar “a las que nada tengan que ver” con la ley actual. Además, se pretende suspender por 180 días la inscripción de las mismas.

“¿Por qué no pasó todo esto por asesores? ¿Por qué tanto apuro para meter temas por fuera de pandemia?”, disparó la radical Pamela Verasay la semana pasada, durante el inesperado y acelerado debate en comisión, quien además manifestó: “El proyecto es muy distinto al que se nos informó. Lejos está de la metodología que venimos aplicando”.

Sobre la ley de alquileres, la iniciativa -sobre la que todavía hay dudas y críticas- lleva el plazo mínimo de contrato de dos a tres años. Además, impone una actualización anual del precio de todos los contratos sobre la base de una fórmula de indexación mixta que combina en partes iguales la evolución de la inflación (IPC) y de los salarios (RIPTE).

Otra de las reformas que introduce el proyecto tiene que ver con la disposición para que el depósito de entrada no pueda representar un monto mayor al valor del primer mes de alquiler. Como garantías, en tanto, se admitirán no sólo inmuebles de terceros sino también recibos de sueldos, certificados de ingreso, seguros de caución o avales bancarios. En tanto, se fija que los gastos de expensas extraordinarios quedarán a cargo del propietario y no del inquilino.

Los legisladores marcan como otro beneficio para los inquilinos la interrumpción del contrato, si cumplen con un mínimo de tres meses de aviso previo. El proyecto, además, obliga a que la totalidad de los contratos sean inscriptos ante la AFIP para evitar la evasión impositiva y posibles abusos por fuera de la formalidad legal. El temor en algunos sectores del oficialismo y la oposición -más allá del dictamen de mayoría que acompañan ambos- es que la ley termine perjudicando al mercado, con una retracción de la oferta y suba de precio en alquileres.

Mariano Casal

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