12 de junio 2007 - 00:00

Analizan si acto guerrillero es delito de lesa humanidad

Argentino del ValleLarrabure
Argentino del Valle Larrabure
En la antesala al pronunciamiento de la Corte Suprema sobre la legalidad de los indultos, una Cámara Federal de Rosario analiza uno de los crímenes más aberrantes de los años 70.

La Justicia discute si el asesinato del coronel Argentino del Valle Larrabure -ocurrido durante el gobierno constitucional de Isabel Perón- debe ser considerado delito de lesa humanidad o, por el contrario, se trata de un delito común pasible de ser archivado.

La resolución tiene singular trascendencia pues, de tener acogida, abriría el camino para que los crímenes impunes de la guerrilla sean juzgados con el consiguiente encarcelamiento de los guerrilleros acusados.

Larrabure fue secuestrado por el ERP el 11 de agosto de 1974 durante el asalto a la fábrica militar de Villa María. Estuvo cautivo durante 372 días en un sótano y luego fue ahorcado.

Cuando su cadáver fue encontrado, el coronel pesaba 47 kilos menos con signos evidentes de haber sido reiteradamente torturado mediante el pasaje de corriente eléctrica.

El pedido de declaración de «crimen de lesa humanidad» es propiciado por el hijo del coronel asesinado. Es la misma calificación que permitió reabrir cientos de causas contra miembros de las Fuerzas Armadas y declarar inconstitucionales las leyes de Obediencia Debida y Punto Final.

El planteo fue llevado a la Justicia por Arturo Larrabure. El escrito denuncia que las víctimas del terrorismo guerrillero han sido objeto de un tratamiento discriminatorio violatorio del artículo 24 de la Convención Americana de Derechos Humanos en cuanto prescribe que todas las personas tienen derecho, sin discriminación, a igual protección de la ley.

«En la raíz de tantos horrores hay una lógica de violencia que olvidó el sagrado valor de la vida. Es necesario extirparla. Plantear 'la reconciliación sin impunidad', como lo hace el presidente Kirchner cuando el terrorismo guerrillero queda impune, y se exaltan sus actos como 'heroicos', sólo puede contribuir a reavivar los odios y reiterar el drama», sostuvo el hijo del militar asesinado.

Comienza Larrabure la presentación citando el documento «Unidos contra el Terrorismo», en el cual Kofi Annan afirma que una de las maneras más elocuentes de expresar que el terrorismo es inaceptable es dirigir la atención hacia sus víctimas asegurando que sus voces sean oídas.

«El terrorismo niega la humanidad de sus víctimas, a quienes presenta como seres infrahumanos que merecen la extinción», sostiene Larrabure.

El escrito tiene pasajes en los que se confronta con los últimos pronunciamientos de los tribunales nacionales que -se afirma- han violado el art. 8 de la Convención, que consagra el derecho de toda persona a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, resultando manifiestamente contradictorios de la doctrina y jurisprudencia internacionales.

  • Cuestionamiento

    Uno de los criterios cuestionados es el sostenido por la jueza María Servini de Cubría de que crímenes de lesa humanidad son solamente los cometidos por los terroristas internacionales.

    «Este argumento fue invocado para sobreseer a Horacio Verbitsky y Mario Firmenich de su presunta responsabilidad en la voladura del casino de la Superintendencia de Seguridad de la Policía Federal», sostiene Larrabure.

    Interpreta es contraria a la jurisprudencia del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia que, en la causa « Tadic», ha declarado «obsoleta» la reclamada vinculación de los crímenes indicados con acciones bélicas.

    Al fallar en 1992 el Asunto Lockerbie, la Corte Internacional ya había precisado que no existe confusión en cuanto a que el terrorismo, al igual que ocurre con los crímenes de lesa humanidad, es obra posible de agentes estatales o de personas privadas.

    «La vieja tesis marxistaleninista, elaborada por Igor Karpets, que hizo creer que el terrorismo es siempre terrorismo de Estado, ha sido ampliamente superada», opinó.

    No se comprende -dicecómo la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al fallar la causa «Lariz Iriondo», consideró que no existía consenso en el derecho internacional para calificar como crímenes de lesa humanidad los atentados terroristas realizados por las organizaciones guerrilleras.

    «Mi padre fue privado arbitrariamente de su libertad; torturado y asesinado luego de ser sometido a condiciones de detención infrahumanas. Cada uno de estos hechos está contenido en el art. 7 del Estatuto de Roma como tipificante de un crimen de lesa humanidad», dijo Larrabure.

    Al dictaminar sobre el caso, el fiscal Francisco Sosa se negó a instalar el enjuiciamiento y detención de las personas presuntamente responsables del secuestro y asesinato del coronel Larrabure, alegando que la acción penal se encontraba prescripta, por tratarse de un delito común insusceptible de ser encuadrado en el concepto de crimen de lesa humanidad.

    En apoyo de su tesis, el funcionario citó la opinión de los ministros de la Corte Ricardo Lorenzetti y Carmen Argibay que exigen para tipificarlo de tal manera que el hecho delictivo haya sido cometido por un agente estatal.

    Ante el disenso entre la opinión del fiscal y la sustentada por el hijo del coronel Larrabure, en su carácter de pretenso querellante, el juez decidió elevar en consulta la causa al fiscal general de Cámara Claudio Paladín.
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