No lleva su nombre pero podría, casi sin margen de error, llamarse «ley Patti». O, mejor dicho, «ley anti-Patti», porque apunta a prohibir que las personas vinculadas con el Proceso militar iniciado en marzo de 1976 sean candidatas a cargos nacionales.
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El texto retoca la Ley 23.298, que regula el funcionamiento de los partidos políticos, al incluir un polémico artículo 33 bis que impide competir por «cargos públicos electivos» a los procesados por crímenes de lesa humanidad y a los ligados al Proceso militar.
Denunciado por supuestas torturas y por la presunta ejecución de militantes de Montoneros, Patti tiene pendientes en la Justicia varias causas. Fueron ellas las que usó el oficialismo para impedirle que asuma la banca de diputado que había logrado el 23 de octubre de 2005.
La embestida, que se gestó tiempo después de que el Congreso bloqueó la jura de Patti como diputado, es promovida por legisladores del PJ pro Kirchner y el FpV. El texto lo firman José María Díaz Bancalari, Jorge Landau, Carlos «Cuto» Moreno y Remo Carlotto, entre otros.
Dos casos emblemáticos: Carlotto, hijo de la titular de Abuelas de Plaza de Mayo, fue un «cruzado» contra la asunción de Patti. Bancalari votó contra el ex subcomisario, aunque antes había compartido boleta con él: era segundo de Chiche Duhalde en la lista que llevaba a Patti.
El proyecto, que no está previsto para las extraordinarias, pero será impulsado para cuando se inicia el período ordinario, es una larga parrafada que traerá más de un debate. Establece la siguiente prohibición:
No podrán ser candidatos «ni ser designados para ejercer cargos partidarios» los ciudadanos «sobre los que existen razones fundadas para considerar que han participado en el período comprendido entre el 24 de marzo de 1976 y el 10 de diciembre de 1983 en la comisión efectiva de actos de represión ilegal constitutivos de graves violaciones de derechos humanos o en las decisiones de su ejecución».
Alcanza, además, a los «procesados por genocidio, crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra, hechos de represión ilegal constitutivos de graves violaciones de derechos humanos, torturas, ejecuciones extrajudiciales, desaparición forzada de personas, apropiación de niños y otras violaciones graves de derechos humanos, o cuyas conductas criminales se encuentren descriptas en el Estatuto de Roma como crímenes de competencia de la Corte Penal Internacional».
Y se completa con la prohibición a los indultados. Así lo expresa el proyecto: «La interdicción alcanza a los condenados por dichos crímenes aun cuando la resolución judicial no fuere susceptible de ejecución».
En todos los casos, por tratarse de una ley nacional, se refiere a los cargos de carácter nacional. Es decir: diputado y senador nacional, y presidente y vicepresidente. Pero en el oficialismo anticipan que una iniciativa similar se impulsaría en la provincia de Buenos Aires, con lo que, de aprobarse, la prohibición se extendería a los cargos provinciales y municipales e impediría a Patti competir por una banca bonaerense, una intendencia o ser concejal de Escobar.
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