Los alcances del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de Javier Milei afectan sustancialmente a todas las áreas productivas del país pero, en cada una de sus 89 páginas, abordan medidas específicas que modifican la labor en el campo y el sector agropecuario nacional, cuya Mesa de Enlace ya mantuvo reuniones para discriminar por tipo de exportación las retenciones.
DNU de Javier Milei: las principales medidas sobre el agro, el vino, la yerba y otros productos
El decreto del presidente Javier Milei incluye iniciativas que afectan al sector de la yerba mate, el azúcar y la producción vitivinícola.
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Entre los primeros treinta puntos que mencionó el presidente por cadena nacional, y más allá de la transversalidad de algunos apartados (como las distintas desregulaciones laborales o la posibilidad de realizar contrataciones en cualquier moneda) se encuentran al menos cuatro: la derogación de la Ley de Tierras, la modificación de la Ley de Manejo del Fuego, la derogación de las obligaciones de los ingenios azucareros y la liberación del régimen jurídico aplicable al sector vitivinícola.
Otro de los aspectos relevantes es la derogación de Ley de Promoción Industrial, que tiene alcance sobre el sector agroindustrial: su objetivo era otorgar incentivos fiscales y financieros (como reducción de impuestos, subsidios o créditos fiscales) a emprendedores para promover su inversión en áreas estratégicas para el desarrollo nacional y puedan generar empleo y competitividad en todas las regiones del país.
Las nuevas normativas que atañen a la labor de la Aduana también son pertinentes dentro de los anuncios de Javier Milei. No sólo porque los servicios aduaneros y vinculados al comercio exterior serán considerados esenciales y por lo tanto se limita la posibilidad de medidas de fuerza de sus trabajadores, sino que además elimina el registro de exportadores e importadores e incluye la digitalización de los trámites, rediseño de los procesos de retiro de mercadería y autorizar la declaración anticipada. Aunque fija motivos para rechazar exportaciones en su artículo 144, el DNU prohíbe las restricciones a las exportaciones o importaciones por "motivos económicos".
DNU de Javier Milei: modificación de la Ley de Tierras
La Ley 26.737 de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales, conocida como la Ley de Tierras, fue sancionada por el Congreso Nacional en el 2011. Su derogación implicaría la eliminación del límite a la compra de tierras rurales por parte de ciudadanos extranjeros, que fija un tope de hasta las 1.000 hectáreas en la zona núcleo o una superficie equivalente según la ubicación territorial.
Al mismo tiempo, establece un 15% el límite a toda titularidad de dominio o posesión de campos en territorio nacional para aquellas personas extranjeras, tanto físicas como jurídicas. El objetivo de la ley es poner un límite a la extranjerización de las tierras.
Esta derogación se vincula con la pretendida modificación de la Ley 27.604, conocida como Ley de Manejo del Fuego, promulgada en 2020. Su relación tiene que ver a que esta normativa prohíbe la venta de terrenos incendiados en plazos de entre 30 y 60 años, para evitar prácticas especulativas y emprendimientos inmobiliarios. También crea el Sistema Federal de Manejo de Fuego, integrado por el Servicio Nacional de Manejo del Fuego, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la Administración de Parques Nacionales, las provincias y CABA.
DNU de Javier Milei: los cambios para el sector del vino
Dos normativas que eran parte del desarrollo de la industria vitivinícola se derogaron con el DNU de Javier Milei: la Ley de Elaboración de Vinos y la Ley de Política Vitivinícola Nacional. En el primer caso, su función era establecer pautas que rijan los contratos de acuerdo a la elaboración de vinos. De esta manera, los gobiernos provinciales fijaban anualmente el precio máximo que deberá pagar el viñatero al elaborador por litro de vino en concepto de elaboración, cuidado, conservación y depósito.
Por otra parte, la Ley de Política Vitivinícola Nacional estaba compuesta por un conjunto de medidas que buscaban garantizar normativas transversales en la totalidad del proceso de producción y comercialización del vino. Entre distintos pasos, estaban incluidos dentro de la regulación el fraccionamiento de todos los productos vitivinícolas en el lugar de origen de la materia prima para alentar la diversificación en la elaboración; la formación de un stock operativo de productos que permita mantener una política exportadora a largo plazo; el resguardo ante las inestabilidades económicas o productivas que puedan afectar la provisión del mercado interno; el acuerdo de metas en planes de desarrollo y seguridad.
DNU de Javier Milei: desregulaciones en la yerba y el algodón
Otras dos eliminaciones apuntan a desregular la producción de la yerba mate. Por un lado, le quita entidad al Instituto Nacional de la Yerba Mate, que estaba facultado para establecer precios de la yerba canchada. Sin embargo, aún podrá tomar iniciativas para la promoción de la elaboración, industrialización, comercialización y consumo del producto. A su vez, deroga la normativa que que incentivaba la creación de los establecimientos necesarios para la instauración de un Régimen de Envasado en Origen de la Yerba Mate en la región productora.
Por otra parte, se eliminó la Ley N°19.990 de regulación de la actividad algodonera, que establecía regulaciones en las actividades vinculadas a las distintas etapas de la producción: cultivo, desmonte, comercialización e industrialización del algodón.
DNU de Javier Milei: qué dice la eliminada Ley de Azúcar
Como parte de las distintas medidas que anunció el presidente Javier Milei, el DNU incluye una nueva desregulación: la del régimen de entregas de azúcar para consumo en el mercado interno.
A partir de la derogación de la Ley N° 18.770, sancionada en 1970, se eliminó todo tipo de cuota de distribución. Hasta el momento, la normativa establecía que "la asignación se hará en proporción al promedio de las cuotas que les haya correspondido a los ingenios azucareros, en los tres (3) últimos meses que dispusieron de ellas, y mientras sus existencias de azúcar en proporción al total de todos los ingenios no determinen cuotas de entrega mayores a dicho promedio".
DNU de Javier Milei: se eliminó la Ley de Warrants
La Ley N° 9.643, conocida como Ley de Warrants o de Certificados de Depósitos, fue derogada a partir del decreto de Javier Milei y tenía distintas funciones, tanto de provisión como de preservación sanitaria. Luego del anuncio, se eliminaron las normativas que señalan la prohibición a las empresas de depósito efectuar operaciones de compraventa de frutos o productos de la misma naturaleza de aquellos a que se refieren los "certificados de depósito" o "warrants" que emitan.
También se elimina la prohibición de almacenar en un mismo local o en locales contiguos mercaderías susceptibles de alterarse recíprocamente. Además, establece nuevas declaraciones que deben realizar las empresas para registrarse.
DNU de Javier Milei: derogación de Ley de Olivicultura y de Alimentación de Ganado
La Ley de Olivicultura derogada por DNU databa de 1947 y creaba la Corporación Nacional de Olivicultura, con sede en la ciudad de San Juan, cuya finalidad sería "fomentar en todos los aspectos el cultivo del olivo y su industrialización, y propender a la comercialización de sus productos". Además, incluía obligaciones de planificación técnicas, de investigación sobre la tierra y la agroindustria, de instalación de plantas industrializadoras y de regulación de las plantas de olivos injertadas.
Finalmente, la Ley de Alimentación de Ganado estaba contemplado dentro de los objetivos de sanidad animal incluidos en la Ley N° 18.859. La misma regía sobre los envases para productos destinados a la alimentación del ganado, estableciendo que debían ser nuevos y de único uso, además de obligar a desinfectar los transportes y elementos que intervengan en operaciones a granel.
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