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7 de noviembre 2007 - 00:00

Intentan que jueces cumplan horario

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Diana Conti
El Congreso volvió de las vacaciones electorales casi obsesionado con reformar la Justicia y decidió comenzar fijándoles el horario de trabajo a todos los jueces. Ayer, la Comisión de Justicia emitió el dictamen del proyecto de ley que los obliga a concurrir diariamente a sus oficinas, algo que hasta ahora no estaba reglamentado.

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El proyecto que ahora debe bajar al recinto es de la kirchnerista Diana Conti e intenta modificar la Ley 24.050 para establecer la obligatoriedad de concurrir a sus despachos diariamente a los jueces de primera instancia, de la Cámara Nacional de Casación Penal, de las cámaras nacionales de Apelación y hasta de los tribunales orales.

Sólo exceptúa de la obligación de cumplir el horario diario a los ministros de la Corte Suprema, ya que, casi caprichosamente, se argumentó en el proyecto que ellos «tienen un suficiente control social».

Una vez convertido en ley, se anticipa como mínimo un conflicto entre los jueces y el Congreso que con seguridad terminará en la Corte Suprema, como sucedió con la aplicación del Impuesto a las Ganancias a los ingresos de los magistrados o las reformas en algunos fueros.

En la actualidad, los empleados de la Justicia deben cumplir un horario reglamentario -por ejemplo, con apertura de las mesas de entrada de cada juzgado a las 7.30 en la Capital Federal-, pero que está regulado por resoluciones internas de la Corte. Muchos jueces, en cambio, no ponen en riesgo su trabajo si no concurren diariamente a sus despachos: sólo deben probar que administran Justicia cumpliendo su tarea, lo que también es un concepto al menos vago. Detrás de esas libertades están otras tareas que realizan los jueces como, por ejemplo, el dictado de clases en universidades.

El artículo 11 del Decreto 1265/56 de organización de la Justicia estableció una diferencia horaria entre los jueces de primera instancia que deben concurrir diariamente a sus despachos y los magistrados de cámaras y de tribunales orales, que sólo deben asistir los días de acuerdos y audiencias.

  • Celeridad

    Cuando se apruebe la reforma de Conti -que ocupa también un sillón en el Tribunal de Acusación del Consejo de la Magistratura-, muchos jueces deberán abandonar sus tareas extras.

    «Resulta notorio, incluso por el propio reclamo de los magistrados, que el Poder Judicial requiere mayor eficacia y celeridad, lo cual demanda una mayor contracción al trabajo», dice Conti en el proyecto con tono de jefa de personal.

    Pero no es ése el único tema que afectará a la Justicia. En la sesión de Diputados prevista para hoy, intentarán votar la modificación del Código de Justicia Militar, un proyecto del Poder Ejecutivo, e incorporar al Código Penal la tipificación del delito de desaparición forzada de personas como «crimen de lesa humanidad».

    La propuesta de reforma del Código de Justicia Militar fue firmada por Néstor Kirchner en abril pasado después de que un grupo de especialistas civiles y militares emitiera un informe tras meses de trabajo.

    En lo puntual, se deroga por completo el régimen judicial militar que rige desde 1951 basándose en dos leyes: la de Justicia Militar Penal y la Disciplinaria de las Fuerzas Armadas. Así, incorpora figuras como el acoso sexual y la discriminación, y elimina el calabozo y el confinamiento.

    Además, la nueva norma busca que los militares sometidos a proceso por delitos militares tengan las mismas garantías judiciales que cualquier ciudadano ante la Justicia civil.

    En cuanto a la tipificación del delito de «desaparición forzada de personas», que será incluido en el Código Penal, el proyecto tuvo que soportar algunas modificaciones. En origen incluía el delito de « genocidio», pero esa figura quedó finalmente tipificada tras la adhesión de la Argentina a la Corte Penal Internacional, tratado que tiene rango constitucional.

    Así, en el proyecto que se votará hoy en Diputados se establece que se penará con prisión «al agente del Estado, persona o grupo de personas que, actuando con la autorización, el apoyo o aquiescencia de funcionario público o funcionarios del Estado, de cualquier forma, privare ilegítimamente de la libertad a una o a más personas, absteniéndose luego de dar información sobre su paradero».
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