La Cámara Nacional Electoral vetó la candidatura a diputado nacional del ex comisario Luis Abelardo Patti a raíz de estar imputado en causas penales por delitos de lesa humanidad durante la dictadura.
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En un fallo en el que se hace eco de las impugnaciones a la postulación realizadas por familiares de la victimas de esos crímenes y por organismos de derechos humanos, entre ellos el CELS e HIJOS, el tribunal dictaminó que no puede ser candidato "hasta tanto se resuelva la situación penal y sea liberado" en la causa que se le sigue por esos delitos.
Patti está preso en el Penal de Marcos Paz destinado a represores y desde allí lanzó su candidatura a diputado nacional por Buenos Aires, la que no fue objetada por el juez electoral de La Plata, Manuel Blanco, aduciendo que no tenia condena judicial firme.
En un fallo de 50 páginas, el máximo tribunal con competencia electoral en el país fundamento el rechazo a la postulación en que "no es posible aceptar la posibilidad de que (Patti) sea liberado si resulta electo, en razón de los fueros parlamentarios" que obtendría.
Esa libertad, añade el tribunal, "implicaría contravenir el deber internacional del Estado de investigar las violaciones a los derechos humanos" por la cuales Patti esta precisamente preso y es investigado, y que de ser liberado "podría obstruir".
El dictamen había generado expectativa dado que luego de su elección a diputado nacional en el 2005, la Cámara de Diputados rechazó su incorporación al cuerpo por considerarlo carente de "ideoneidad moral" para ejercer el cargo, al que ahora aspiraba nuevamente.
Sin embargo, la misma Cámara Electoral había ordenado en el 2007, ante un recurso de los abogados de Patti, que se le tomara juramento como diputado, un fallo que fue corroborado por la Corte Suprema en abril del 2008.
Patti no pudo nunca asumir porque en noviembre del 2007 el juez federal de San Martín, Alberto Suarez Araujo, ordenó su detención imputándolo por siete delitos de lesa humanidad y pidió formalmente su desafuero por la Cámara de Diputados, que lo aprobó a fines de abril del 2008.
Patti está con prisión preventiva imputado por los secuestros del ex diputado peronista Diego Muñiz Barreto y de Juan Fernández, el asesinato de Gastón Goncalves, las desapariciones de Carlos Souto y Luis y Guillermo D'Amico y la detención de Osvaldo Arriosti.
Todos los hechos que le imputan fueron cometidos entre 1976 y 1977, cuando era oficial subinspector de la Policía Federal y prestaba servicio en la comisaría de Escobar.
El su dictamen rubricado por unanimidad por los jueces Santiago Corcuera, Alberto Dalla Via y Rodolfo Munne, la Cámara distinguió entre la situación planteada para su anterior fallo, cuando Patti ya había sido electo con una candidatura oficializada, a la actual, en que ya obra un desafuero y en la que se arbitró el mecanismo de la objeciones.
La Cámara destacó que el artículo 70 de la Constitución Nacional exige para el arresto y procesamiento penal de un legislador la suspensión del ejercicio de su cargo, cosa que en el caso de Patti ya ocurrió.
Aseveró que será un "contrasentido" admitir que "alguien que ya ha sido separado de su cargo y permanece detenido, por la misma causa que motivó su apartamiento, puede, no obstante, postularse como candidato para ejercer aquellas funciones de las que ha sido separado".
Pese a ello, el tribunal consideró que su resolución "en nada implica apartarse o desconocer la presunción de inocencia del candidato sometido a proceso", aunque "las condiciones que se exigen a los candidatos para ocupar cargos públicos son mas estrictas que las que se exigen para votar", ya que de los candidatos se esperan "cualidades singulares".
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