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La reforma a la carta orgánica partidaria estableció que si en los siete días corridos anteriores al cierre de listas la Justicia no hubiera aceptado la decisión partidaria de aprobar los tres candidatos propuestos -Carlos Menem, Adolfo Rodríguez Saá y Néstor Kirchner-, se procederá a reunir a una comisión de acción política para elegir el candidato.
Pero para que incluso esta última modificación de la carta orgánica tenga validez, hace falta completar un trámite judicial que consiste en presentar la resolución del congreso ante la Justicia Electoral, ésta le da vista al fiscal y luego la jueza a cargo -Servini de Cubría- debe aprobarla. Una vez concluido este trámite, y si no existen apelaciones a la cámara, la decisión debe publicarse en el Boletín Oficial. Recién en ese momento entrarán en vigencia los cambios.
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