8 de junio 2021 - 22:29

Exclusivo: Al dejar querella en causa "Oil 2", la AFIP admitió que no hubo delitos contra el fisco

Ámbito accedió en exclusiva a dictamen jurídico interno: pruebas en el juicio oral desbarataron ejes de la acusación contra funcionarios que supuestamente participaron de la misma maniobra. No existió vulneración de normas y procedimientos. Tampoco avalaron irregularidades en planes de pago. 

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La causa Oil Combustibles fue fraccionada en dos por el juez Julián Ercolini. El primer tramo fue elevado a juicio oral en 2017, únicamente con Cristóbal López, Fabián De Sousa y el extitular de la AFIP Ricardo Echegaray como acusados, en un debate que ingresó en el tramo final de los testimonios. Sin embargo, durante casi tres años, permaneció en instrucción el segundo tramo de la presunta maniobra de defraudación al Estado por el otorgamiento de planes de pago del impuesto a los combustibles líquidos, que involucraba, en un comienzo, a unos 19 funcionarios “de línea” del fisco que intervinieron en el trámite formal de los planes por el denominado “Artículo 32”. A fines del año pasado, Ercolini decidió elevar ese tramo de la causa ya solo con cuatro implicados solamente, porque el resto habían quedado en el camino entre sobreseimientos y faltas de mérito. Teóricamente, habían sido todos parte de una idéntica maniobra, pero por algún motivo, terminó desmembrada.

Pero al contestar el requerimiento de elevación, la misma querella de la AFIP, basándose en un dictamen jurídico que analizó las pruebas obrantes en el expediente, anunció el 3 de febrero pasado que declinaba avanzar en la acusación. El argumento legal –de acuerdo al documento al que accedió Ámbito, en exclusiva- es simple: no se vulneraron procedimientos o normas de la AFIP en la gestión tributaria de Oil Combustibles, lo que implica no sólo que no existió arbitrariedad en el otorgamiento de planes, sino tampoco flexibilización de controles, algo que derriba -por conexidad- el eje central de la hipótesis que actualmente está en juicio oral. Y que además, se complementa por el peritaje de la Corte Suprema que contradijo la versión inicial acerca del monto de la deuda de la petrolera y que su situación era idéntica a la de otros 1200 contribuyentes que habían accedido al mismo beneficio por el mismo procedimiento.

“Sin entrar a valorar las hipótesis que en el plano fáctico y normativo se ventilan en la instancia de juicio oral respecto del ´tramo 1´ de la causa, en este ´tramo 2´ no se apreciarían, al menos manifiestamente, vulnerados procedimientos o normativa asociada a la gestión tributaria a cargo de esta Administración, que permitan o sustenten el interés del Organismo en mantener su pretensión punitiva”, es la conclusión más relevante del escrito para dejar la querella. “A tales fines correspondería poner en conocimiento del presente análisis por la vía jerárquica a las autoridades que otorgaran a estos letrados la representación del Organismo en la causa en trato, a fin que se instruya sobre la conveniencia del mantenimiento de la pretensión punitiva, a partir del análisis que se ha efectuado en el presente”, recomendaron.

Hasta ahora, ese dictamen había permanecido reservado en la AFIP que lo justificó en torno a su propia estrategia jurídica en “Oil 1”, al que le restan solo 5 testigos convocados y el aporte de los peritos que dictaminaron de forma unánime (AFIP, Fiscalía, Corte y defensas) respecto a los números de la empresa y su situación tributaria real, tanto en el monto concreto regularizado en planes de pago, como el volumen de pagos ingresados y cuál era la deuda líquida y exigible por el fisco al 10 de diciembre de 2015.

El dictamen jurídico fue firmado por los mismos abogados que representan a la AFIP en el debate oral y que reemplazaron a Alejandro Carrió, el abogado externo contratado por Leandro Cuccioli para encarar este juicio. Parte de sus hallazgos, donde desestiman que los funcionarios hubiesen cometido delitos, surgen de declaraciones de testigos que se dieron ante el Tribunal Oral Federal N°3, tales como Pedro Ocamica -en el caso de desconfirmaciones de boletas de deuda, algo que se sostenía la acusación- o Fabián Barroso, donde ambos afirmaron que esas acciones estaban justificadas o que, a lo sumo, no tenían un código interno correcto pero no se debía intimar la deuda.

A lo largo de 12 carillas, los querellantes analizaron los delitos imputados a los funcionarios -idénticos a los reprochados en “Oil 1”- avalando las justificaciones y refutando los términos en los que los camaristas Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia habían confirmado sus procesamientos, dado que había un andamiaje legal que permitía que los contribuyentes que se acogieran a los planes de pago podían incluir posiciones y no requería obligación el hecho de ser intimados, o que la petrolera de López debiera estar inscripta en Grandes Contribuyente y no en una Agencia porque esto supondría controles laxos.

“Conforme las declaraciones que se detallan a continuación, no existirían diferencias en cuanto a los controles sistémicos entre las dependencias manteniendo idénticas instrucciones de trabajo (máxime en la comparativa Segmento 1 de una Agencia y Grandes Nacionales), mientras que difieren respecto de la cantidad de contribuyentes a controlar, y además Grandes Nacionales cuenta con oficiales de cuentas, lo que brindaría una atención personalizada”, indicó el dictamen de AFIP sobre los testigos Ocamica, Barroso, Oscar Ramos Rivera y Sergio Flosi, todos ante el TOF 3. El análisis abundó sobre la confección del “Anexo 1” (era la herramienta para que la solicitud de planes de pago escale por la estructura jerárquica y llegue al Administrador Federal convalidado un checklist) y respecto a los sumarios internos de quienes intervinieron. “En todos los casos y con diversos fundamentos, se estableció, o bien un cuadro dudoso que debe resolverse a favor de los sumariados, o directamente, la falta de elementos que hagan hasta ahora, a la atribución de responsabilidad alguna en sede administrativa, respecto de los hechos endilgados”, fue la síntesis que desbarató su supuesta complicidad en la maniobra.

Algunas de las frases más destacadas que incluyeron en el escrito: “No hay objeciones a la deuda exteriorizada por OCSA mediante sus DDJJ”, sentencia el documento de AFIP que agrega también: “No habría diferencias en los procedimientos y plazos de gestión” en contribuyentes empadronados en Agencia o en Grandes Contribuyentes. Y que hasta el cierre de los estados contables de 2015 –y sobre el punto de los préstamos entre compañías relacionadas al Grupo Indalo- “la auditora venía describiendo la situación financiera de la firma en el contexto de un plan de negocios cuyo éxito ´dependerá de variables de corto y mediano plazo´”.

El dictamen resumió varias de las declaraciones de funcionarios de la AFIP en el juicio oral, lo que le otorga un valor premonitorio respecto a aspectos que funcionan en espejo en la acusación y que resultaron impactados por las pruebas recogidas. Todo ese combo formó parte de los antecedentes legales para que AFIP decline la querella en “Oil 2”, algo que, como resume el dictamen, tiene directa relación a lo que ha ocurrido en las audiencias y a la documentación recabada hasta el momento, que ubica un cúmulo de irregularidades en el origen de la denuncia penal durante la gestión de Alberto Abad, cuya indagatoria se espera para hoy.

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