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20 de mayo 2002 - 00:00

PJ vota "subversión" recibir a Duhalde

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Si bien el radicalismo sigue convencido en votar contra el proyecto, el próximo jueves estarán cumplidos todos los plazos reglamentarios como para someterlo a votación sólo con la mayoría simple de los diputados presentes. Es cierto que el peronismo tendrá en contra a la UCR y todos los partidos de izquierda. to debatir el dictamen de la Comisión de Juicio Político que acusa a los nueve miembros de la Corte Suprema. Las voluntades en el tema «Corte» están parejas dentro del peronismo de Diputados. Quienes hasta ahora impulsaban el juicio, confluyen con los que se oponían en que no es momento para llevar adelante la acusación. De todas formas Ricardo Falú y Eduardo Di Cola, comisionados por el bloque PJ para tratar el juicio a la Corte Suprema, deberán explicar los fundamentos de los cargos que se levantan contra cada juez, especialmente las causas Kipper y Smith, que fueron tomadas por el peronismo como máxima y única justificación para llevar adelante el juicio dejando de lado el resto de las acusaciones. Es casi seguro que el PJ llegará a la decisión de suspender las actuaciones, hasta ahora se mantienen a favor del juicio unos 10 diputados, de lo contrario Humberto Roggero deberá recurrir a declarar la libertad de conciencia a la hora de votar, un procedimiento muy usado ante casos conflictivos.





El proyecto impulsado por el PJ establece:

• Será reprimido con prisión de tres a nueve años y multa de setenta y cinco mil a cinco millones, si no resultara un delito más severamente penado, al que a sabiendas o maliciosamente, pusiera en riesgo el normal desenvolvimiento de un establecimiento o explotación comercial, industrial, agropecuaria, o destinado a servicios.

• También se aplica esa pena a quien destruyera a sabiendas o maliciosamente dañare, o hiciera desaparecer materias primas, máquinas, o comprometiera el patrimonio, o si condujese al cierre, liquidación o quiebra del establecimiento. La misma pena se mente drá a los directores, Senado. tradores, síndicos, gerentes, o liquidadores de una persona jurídica o colectiva que el biera intervenido en el mismo hecho punible.

• Se derogan los artículos 7,8 y 9 de la Ley 20.840.

• Se reprime (prisión de 6 meses a 2 años) al que hiciera subir el precio de mercaderías, fondos públicos, o valores, por medio de noticias falsas, negociaciones fingidas.

• Si el alza de precios se relaciona con alimentos, medicamentos, o combustibles la pena será de 2 a 6 años.

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