El polémico sistema de retenciones bancarias por entrecruzamiento de datos, que se aplica en varios distritos y que la Ciudad de Buenos Aires puso en práctica el año pasado, acaba de ser endurecido por Mauricio Macri.
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Una resolución de la Agencia de Rentas establece ahora cuatro categorías del nivel de riesgo de deudores y aplica una tasa mayor de retención sobre los movimientos de las cuentas empresarias cuando consideran que el contribuyente no estaría declarando lo que realmente le ingresa por su actividad. Además impone una calificación cada tres meses de la situación de los aportantes al principal impuesto que recauda la Capital Federal.
De acuerdo a la nueva norma «se considerarán para la evaluación del nivel de riesgo de cada contribuyente los últimos tres años calendarios, de los que se tendrán en cuenta el grado de cumplimiento de sus obligaciones tanto formales como materiales, de acuerdo a los registros obrantes en las bases de datos de la Dirección General de Rentas».
Los parámetros para incluir a un contribuyente en diferentes niveles de riesgo, serán el grado de cumplimiento en la presentación de las declaraciones juradas y de los anticipos mensuales. También se tiene en cuenta el cumplimiento en la presentación de las declaraciones juradas anuales y el cumplimiento del pago en los planes de facilidades. Será más grave si no se localiza al contribuyente en el domicilio fiscal declarado y si se reiteran las faltas.
Así, la oficina de Rentas fija los niveles de riesgo fiscal como alto, medio, bajo o sin riesgo.
De ese modo, los contribuyentes o responsables que hubieran sido encuadradas dentro del nivel de «Alto Riesgo Fiscal» serán incorporados al Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias (Sircreb) con la alícuota más alta vigente. Si bien ese porcentaje lo pagan, 15% las actividades nocturnas, el Gobierno porteño explicó que en la norma se está hablando de un aumento a 2,5% de las retenciones sobre los movimientos bancarios, que se hacen a cuenta del pago del impuesto.
Los contribuyentes cuya calificación fuera de Medio Riesgo Fiscal, serán incorporados al Sircreb con una alícuota del 1,5%.
El Sircreb impone retencionesque son aplicables sobre los importes que sean acreditados en cuentas abiertas en las entidades financieras. Por ese sistema, el contribuyente recibirá a través del resumen de cuenta que le envía la institución bancaria el detalle de los débitos que sufrió durante el mes por este concepto, los cuales estarán identificados con la leyenda «Régimen Sistema Sircreb».
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