5 de mayo 2006 - 00:00

"Que Uruguay detenga su conducta ilícita"

El texto oficial de 15 páginas (y otros dos cuerpos de anexos) presentado ayer ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya denuncia las violaciones en que Uruguay incurrió del Tratado del Río Uruguay firmado en 1975, a partir del posible daño ambiental que las dos plantas de celulosa que se están levantando en Fray Bentos podrían provocar al medio ambiente. El escrito justifica además la necesidad de recurrir a ese tribunal y reclama la suspensión inmediata de las obras. Los puntos principales de la presentación judicial realizada ayer son los siguientes: 

  • El objeto de la presente controversia radica en la violación por Uruguay de las obligaciones que surgen del Estatuto del Río Uruguay, tratado firmado por la Argentina y Uruguay en Salto (Uruguay) el 26 de febrero de 1975 y que entró en vigor el 18 de setiembre de 1976, en relación con la autorización de la construcción y la eventual puesta en funcionamiento de dos plantas de pasta de celulosa sobre el río Uruguay y su zona de influencia. 

  • La Corte Internacional de Justicia es claramente competente para entender en este objeto, según surge del primer párrafo del artículo 60 del Estatuto de 1975. 

  • El 9 de octubre de 2003, el gobierno de Uruguay autorizó de manera unilateral a la sociedad española ENCE la construcción de una planta de pasta de papel en los alrededores de la ciudad de Fray Bentos (Departamento de Río Negro), proyecto denominado Celulosa de M'Bopicuá (CMB). Dicha autorización fue concedida sin respetar el procedimiento obligatorio de información y consultas previas del Estatuto de 1975. 

  • El 14 de febrero de 2005, poco antes del cambio de gobierno producido en marzo de ese año, Uruguay agravó la controversia al autorizar a Botnia a construir la planta Orion, sin informar previamente ni a la Argentina. 

  • A pesar de las protestas argentinas, los trabajos para la construcción de las plantas CMB y Orion comenzaron durante la segunda mitad de 2005. Al momento de depositar la presente solicitud, el estado de avance de los trabajos es bastante visible. 

  • El nuevo gobierno uruguayo agravó una vez más la controversia autorizando el 5 de julio de 2005 a la empresa Botnia a construir un puerto para uso exclusivo de la planta Orion sin cumplir con los procedimientos del Estatuto de 1975. 

  • Los diferentes estudios e informes presentados por las sociedades ENCE y Botnia, así como por Uruguay, no suministran explicación alguna sobre los criterios utilizados para la elección de la localización de las plantas CMB y Orion. Son notoriamente vagos e imprecisos sobre cuestiones claves, tales como el tratamiento de efluentes líquidos, residuos sólidos y emisiones gaseosas, por citar sólo algunas. 

  • Sobre la base de los hechos presentados, la Argentina afirma que las plantas de celulosa CMB y Orion atentan contra la preservación del medio ambiente del río Uruguay y de su zona de influencia. 

  • Se concluye que además de la falta de respeto por parte de Uruguay de los procedimientos previstos por el Estatuto de 1975, la información de la que dispone la Argentina establece de manera manifiesta que la puesta en funcionamiento de las plantas de celulosa CMB y Orion causará un perjuicio sensible a la calidad de las aguas del río Uruguay y un perjuicio sensible transfronterizo a la Argentina.   

  • La Argentina solicita que Uruguay esté obligado a cesar su conducta ilícita y a respetar escrupulosamente en el futuro las obligaciones que le incumben; y que Uruguay está obligado a reparar integralmente el perjuicio causado por el incumplimiento de las obligaciones que le incumben

  • Mientras tanto, la Argentina reclama las siguientes medidas cautelares: que se suspendan inmediatamente todas las autorizaciones para la construcción de las plantas CMB y Orion; que se tomen las medidas necesarias para suspender los trabajos de construcción de Orion; y que se asegure que la suspensión de los trabajos de CMB se prolongue más allá del 28 de junio de 2006.
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