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10 de septiembre 2010 - 19:25

Rechazan pedido de nulidad de causa de espionaje

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El juez Norberto Oyarbide rechazó un pedido de nulidad de la investigación del espionaje telefónico hecho por el jefe de gobierno porteño, Mauricio Macri, quien se encuentra procesado en dicha causa con confirmación de la Cámara Federal.

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La defensa de Macri había argumentado que la denuncia de Sergio Burstein sobre el espionaje telefónico a la que era sometido se originaba en un delito, ya que habría sido provista por un funcionario de la Secretaría de Inteligencia que debía guardar secreto de lo conocido, dada su función.

Al desestimar el pedido de nulidad, el magistrado consideró no probado que un agente de inteligencia Hugo Alvarez, señalado como autor del hecho, haya sido en realidad el autor de la llamada que luego provocó la denuncia penal.

El pedido había sido presentado por los abogados de Macri, Santiago Feder y Ricardo Rosental, quienes adujeron que el origen de la denuncia estaba viciada de nulidad porque vulneraba los artículos 157 y 248 del Código Penal, referido a la violación de secreto y a la ejecución de una orden ilegal.

En su rechazo, Oyarbide destacó que al ser indagado por su juzgado, el citado Alvarez, alias `Hugo Altamirano`, negó la realización de la llamada advirtiendo a una hija de Burstein que uno de los celulares de su padre estaban siendo espiados por orden del ex jefe de la policía metropolitana, Jorge ?Fino? Palacios.

El magistrado citó el dictamen del fiscal Jorge Di Lello, quien sostuvo la ?inexistencia de basamentos fácticos sólidos que permitan establecer que el inicio de la pesquisa se encontraba viciada?, dado que se trataría de ?un llamado anónimo, válido para iniciar una investigación penal?.

En lo referido a la aplicación de la doctrina del fruto del árbol venenosos, planteada por la defensa de Macri, Oyarbide dejó constancia que ese argumento también fue rechazado por otra de las víctimas del espionaje, Néstor Leonardo, cuñado del jefe de gobierno porteño.

Citando a la Cámara del Crimen, el magistrado sostuvo que las nulidades no pueden decretarse por merca conjeturas, sino en base a hechos concretos y objetivos.

Destacó también que ?la delación que da inicio a esta causa no ha sido obtenida de modo fraudulento, en tanto que lo probado hasta el presente permite tener por demostrado solamente que una persona informó de modo anónimo la presunta comisión de un delito, que luego se estableció, afectaba al querellante Sergio Burstein.

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