Rechazan que expertos universitarios intervengan en la causa por la consultora de los Kirchner
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La Justicia investiga si la Presidente y su esposo están habilitados a realizar ese tipo de actividad pese a tener cargos públicos.
En febrero pasado, el fiscal Delgado había entendido que el "caso es complejo en términos jurídicos porque es evidente que del hecho investigado deriva una zona gris entre la esfera pública y la privada".
Así, pidió la intervención de especialistas en derecho público de las universidades ante "la necesidad de contar con las herramientas necesarias como para analizar la complejidad jurídica del hecho".
"Nos enfrentamos ante un caso singular, porque la esfera de lo público y lo privado se rozan, se cruzan; en una palabra, se afectan", había entendido Delgado.
En las últimas semanas, el juez Martínez de Giorgi había pedido una serie de informes a la Inspección General de Justicia (IGJ) para determinar la composición accionaria de El Chapel S.A, y al Registro Público de Comercio de Río Gallegos.
El Chapel figura con domicilio fiscal en calle Alcorta Nº 76, de Río Gallegos, fue creada en 2007 y tiene como fin dedicarse a "la prestación de todo género de servicios de consultoría, estudio, inversión y asesoramiento en las ramas de la economía, finanzas, derecho, ciencias sociales, educación, administración y otras disciplinas a personas físicas o jurídicas del país o del extranjero".
La consultora también es integrada por Máximo Kirchner, hijo del matrimonio, y la presidente Cristina de Kirchner había notificado, en su última declaración jurada, que era propietaria del 45 por ciento de las acciones de la firma.
Según el Código Penal, el delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas prevé penas de prisión "de uno a seis años e inhabilitación especial perpetua".
Es pasible de esa pena "el funcionario público que, directamente, por persona interpuesta o por acto simulado, se interesare en miras de un beneficio propio o de un tercero, en cualquier contrato u operación en que intervenga en razón de su cargo".




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