Se promulgó ayer la Ley de Acefalía
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Fue así que la aprobación de estas modificaciones a la Ley de Acefalía -que fue conseguida por el duhaldismo oficial gracias al respaldo del radicalismo y de algunos diputados provinciales-fue tildada por la oposición como un traje hecho a medida de la actual situación y, también, del precandidato del PJ Carlos Menem. Esto es así porque, con el cambio incorporado en la última parte del crucial artículo 4º de la Ley de Acefalía, los legisladores buscaron cerrarle el camino a cualquier objeción judicial a la postulación de Menem. Sobre todo, plan-teada con el argumento de que no se habría cumplido el intervalo de un período presidencial.
• Plazo
Si bien una semana atrás desde los estrados judiciales algunas fuentes habían deja-do trascender que la promulgación del calendario electoral no tenía sentido sin la puesta en vigencia de las modificaciones a la Ley de Acefalía, desde la Secretaría Legal y Técnica de Presidencia se había señalado que el plazo para su promulgación recién vencía anoche.
De esta manera, con la publicación, en la edición de ayer del Boletín Oficial, de la ley sancionada por el Congreso Nacional el 28 de noviembre último, quedó completada la puesta en marcha y funcionando la ingeniería jurídica diseñada para darle sustento legal a la convocatoria anticipada de elecciones generales.
Sin embargo, los primeros días de diciembre, cuando aún no había sido promulgada ni publicada la Ley de Acefalía, su texto había cosechado un planteo de inconstitucionalidad de parte del abogado Ricardo Monner Sans, quien señaló que la habilitación del candidato electo para completar interinamente el mandato hasta el 10 de diciembre era «contraria» a la Constitución. Sin embargo, ante la falta de promulgación de la norma, devenía en abstracto el planteo.
• Reclamo
Por eso el mismo abogado, la semana pasada, realizó otra presentación en la que reclamó a la Justicia Electoral que ordene al gobierno nacional la publicación en el Boletín Oficial de la modificación de la Ley de Acefalía sancionada a fines de noviembre último, por el Congreso Nacional.
Monner Sans señaló en su presentación que la norma, que en su nueva versión autoriza a asumir la presidencia el 25 de mayo venidero a quien gane las elecciones generales, nunca había sido publicada, pero tampoco vetada por el Poder Ejecutivo. Según el letrado, esta omisión implicaba una promulgación de hecho de la modificación de la ley, ya que los plazos para el veto presidencial estaban vencidos, aunque advirtió que, sin la publicación en el Boletín Oficial, la norma no era aplicable. A partir de ayer ya puede aplicarse.




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