A medida que se acercan las elecciones legislativas del domingo 26 de octubre del 2025, es importante entender cómo funciona la veda electoral y cuáles son las restricciones que tienen tanto los partidos políticos como los ciudadanos.
Las actividades de campaña finalizan el viernes 24, pero los ciudadanos también tendrán sus restricciones.
La venta de alcohol está prohibida en la previa a las elecciones.
A medida que se acercan las elecciones legislativas del domingo 26 de octubre del 2025, es importante entender cómo funciona la veda electoral y cuáles son las restricciones que tienen tanto los partidos políticos como los ciudadanos.
El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.
Esta etapa, que suspende algunas actividades para garantizar un ambiente de reflexión y normalidad democrática, empezó a regir en algunas jurisdicciones y presenta algunas particularidades vinculadas al consumo de alcohol y a la difusión de propaganda política.
En este contexto, los ciudadanos deben estar atentos tanto a cuándo comienza la veda, como a qué actividades quedan prohibidas y desde qué momento no se permite la compra de bebidas alcohólicas. Comprender estas reglas ayuda a evitar sanciones y asegura que el proceso electoral se desarrolle con transparencia.
La veda electoral comienza 48 horas antes de la apertura de los comicios y se extiende hasta tres horas después del cierre de los mismos, según lo previsto por el Código Electoral Nacional.
En la práctica, esto implica que si los centros de votación abren a las 8 horas del domingo, la veda comienza a las 8 horas del viernes anterior en muchos distritos.
En varios distritos, como la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la venta de bebidas alcohólicas está prohibida desde las 20 horas del sábado anterior a la elección, y se extiende hasta las 21 horas del domingo, es decir, tres horas después del cierre de las urnas.
Esta “ley seca” busca velar por un entorno más ordenado durante la jornada electoral, evitando que el consumo de alcohol pueda afectar el normal desarrollo del proceso.
Durante la veda quedan suspendidas múltiples prácticas como:
Actos públicos de campaña o cualquier tipo de proselitismo.
Publicación o difusión de encuestas, sondeos o proyecciones sobre resultados electorales.
Espectáculos públicos, reuniones masivas o actividades recreativas en espacios que puedan interferir con la jornada electoral.
Venta de bebidas alcohólicas según lo señalado en el punto anterior.
El incumplimiento de estas normas puede acarrear sanciones que van desde multas económicas hasta penas de prisión, dependiendo del distrito y la infracción concreta.
Dejá tu comentario