Por mes, las grúas de las concesionarias STO y SEC remolcan 3.000 coches de las calles de la Ciudad de Buenos Aires. A los infractores se les cobra una multa por el mal estacionamiento y un importe de $ 56,40 en concepto de acarreo hasta el playón, aunque los contratos con estas privadas y sus prórrogas vencieron en marzo de 2001, hace casi dos años.
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Desde esa fecha a la actualidad nadie renovó los convenios, y esa situación las pondría actuando y cobrando ilegalmente.
Hoy las grúas estarían sólo habilitadas por una resolución de la Procuración porteña y un punto del pliego original que, según el Gobierno de la Ciudad, las autoriza a seguir operando hasta tanto se llame a licitación o se renueven las concesiones. Pero según los especialistas este documento no tendría validez legal y la Justicia en lo contravencional debería ordenar devolver el importe a quienes lo reclamen -un buen dato para los más de 72.000 infractores que abonaron el acarreo de sus vehículos mal estacionados desde el vencimiento de las concesiones, es decir, desde hace dos años-.
Aparentemente, los afectados no pueden rechazar el pago de este acarreo en los playones y sí, en cambio solicitarlo en el Tribunal de Faltas o más aún, en algún juzgado penal.
Pero, una fuente de la Cámara de Contravenciones indicó que «la actual Unidad Administrativa de Faltas tiene más de 10.000 causas paralizadas a la espera de que se constituya el fuero» entre las que se encuentran devoluciones de acarreos. El abogado experto en multas, Javier Manzano, aseguró que «la resolución que habilita a funcionar a las grúas no es válida. Para funcionar necesitan una ley». De acuerdo al letrado, sin contrato el acarreo no es lícito, se puede solicitar la devolución del importe y reclamar por el daño y perjuicio que implicó llevarse ese vehículo de donde estaba estacionado.
La versión oficial está apoyada en las condiciones del contrato original. «Estas son concesiones de la ex Municipalidad. En el punto 7.1 de los pliegos originales se prevé la extensión del contrato dado que se trata de un servicio público imprescindible. Las empresas no pueden interrumpir el servicio hasta tanto no se llame a nueva adjudicación, algo que está en trámite de confección», recalcó Adolfo Reichenberg, director general de Privatizaciones y Concesiones porteñas.
El año pasado, la polémica de las grúas se discutió públicamente, y el Gobierno porteño indicó que se tenía pensado el pase de la concesión a Autopistas Urbanas SA (AUSA).
• Utilidad
Consultado ayer, el director de Tránsito y Transporte porteño, Horacio José Blot, explicó que «la concesión terminó. Se hizo una consulta a Procuración, se inició una licitación, paralelamente hubo una gestión que involucró a AUSA y en este momento se está esperando una decisión». Lo que se decidió ciertamente, fue extender el servicio porque se consideró de utilidad para el ordenamiento del tránsito.
Una fuente de la Dirección de Seguridad Vial, explicó que «en los próximos días habrá novedades sobre los convenios».
Según algunas opiniones, las grúas no deberían estar funcionando.
• Fuera de la ley
De acuerdo a otros especialistas «no se está discutiendo un problema de orden civil sino penal. Estos contratos deben ser expresos y claros, tienen que tener un principio y un fin,» asegura Osvaldo Albano. «No vi el dictamen de Procuración. Hace 20 días pedí la prórroga pero no accedí a ella. Consulté al concesionario y me dijeron que los contratos están prorrogados. Si no hay un decreto del jefe de Gobierno que las habilite, estarían funcionando al margen de la ley», indicó, por su parte, Jorge Rodríguez, ex juez del Tribunal de Faltas porteño.
La ilegalidad del acarreo sin contrato, podría implicar, además del no pago del servicio, un delito penal. Según Albano, «el acarreo es una medida de tipo preventiva que sólo puede facultar la Legislatura. Si dispuso que las grúas colaboren con la Policía Federal, no puede ser prorrogado por una resolución. Sí o sí, tiene que haber convenio». En su opinión, en estas condiciones las grúas no estarían facultadas para tocar un auto. «Se incurriría en el delito de usurpación de autoridad y robo, y esto se puede denunciar a un juez de instrucción penal», dijo.
Quienes entienden que la resolución de la Procuración no es válida, argumentan que por principio legal, la Legislatura es representación del pueblo y sólo el pueblo se puede imponer sus penas o impuestos. Por esto mismo, tendría que haber una ley que determine que las grúas pueden seguir ejerciendo sus funciones.
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