La Legislatura de Chubut aprobó la prohibición del uso de celulares por parte de presos en cárceles, alcaidías y comisarías de la provincia, con el objetivo de "terminar con las estafas, extorsiones y amenazas gestadas desde los penales.
La nueva ley fue aprobada por la Legislatura y busca "terminar con estafas, extorsiones y amenazas gestadas desde los penales". Habrá un esquema de comunicación controlado para los internos.
La prohibición de celulares en penales fue aprobada por la Legislatura de Chubut.
La Legislatura de Chubut aprobó la prohibición del uso de celulares por parte de presos en cárceles, alcaidías y comisarías de la provincia, con el objetivo de "terminar con las estafas, extorsiones y amenazas gestadas desde los penales.
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El Proyecto de Ley General N° 017/2026, que previamente había recibido dictamen de las Comisiones Permanentes de Asuntos Constitucionales y Justicia, y de Legislación General, Cultura y Educación, prohíbe “el uso de equipos celulares por parte de personas privadas de su libertad”.
Aclararon, de todos modos, que para garantizar la comunicación de los presos se implementará un sistema de comunicación controlado y sin acceso a internet.
El gobernador Ignacio Torres destacó el amplio apoyo que consiguió la iniciativa. "Este es un proyecto que se trató sin banderas partidarias, con una premisa común: garantizar la seguridad de los chubutenses”, dijo.
Sobre la ley, remarcó que “a partir de este momento, en nuestra provincia van a dejar de existir esos ‘call centers del delito’ que muchas veces funcionaban desde una celda y perjudicaban a ciudadanos de bien”, y agregó que las personas privadas de libertad “están cumpliendo una condena, por lo que no podemos permitir que utilicen herramientas para seguir cometiendo estafas o extorsiones, como vimos en los últimos años”.
“Chubut es una de las primeras provincias del país en avanzar con una normativa de estas características, lo que no solo fortalece nuestro sistema de seguridad penitenciaria, sino que también cumple con uno de los objetivos centrales de nuestra gestión: trabajar en la prevención del delito”, señaló el mandatario..
Por último, indicó que la ley “garantiza los estándares institucionales sin vulnerar derechos, porque las personas privadas de libertad van a poder seguir comunicándose con sus familiares y defensores, pero a través de un esquema controlado y sin acceso a dispositivos que puedan facilitar la comisión de delitos”, concluyendo que “hoy logramos, con un trabajo conjunto, ponerle un freno a las estafas digitales desde las cárceles”.
El proyecto establece la prohibición del “ingreso, tenencia, facilitación y uso de equipos o terminales móviles por parte de personas privadas de libertad en los lugares de detención de jurisdicción provincial”.
De manera simultánea, dispone la creación de un régimen de comunicaciones institucionales controladas que garantice el derecho a la comunicación en condiciones de seguridad, razonabilidad y respeto por los derechos humanos, en armonía con la Ley Nacional 24.660.
La normativa tendrá vigencia en todos los establecimientos penitenciarios, unidades, institutos, alcaidías, comisarías, centros de detención transitoria y en cualquier lugar de alojamiento de personas privadas de libertad dentro de la provincia del Chubut.
También alcanzará a aquellas personas privadas de libertad alojadas en unidades del Servicio Penitenciario Federal cuando su detención haya sido dispuesta por sentencia o resolución judicial emanada de jueces o tribunales provinciales.
En caso de detectarse la tenencia de este tipo de dispositivos, se procederá a su inmediato decomiso, labrándose el acta correspondiente con identificación del lugar, fecha, personal interviniente y circunstancias del hallazgo. Cuando existan indicios de la comisión de un delito, se dará inmediata intervención al Ministerio Público Fiscal y al juez competente.
Asimismo, la iniciativa establece medidas estrictas de control y prevención para evitar el ingreso de dispositivos a los establecimientos, configurando esta tarea como una obligación permanente de las autoridades responsables.
Las terminales institucionales habilitadas para las comunicaciones deberán configurarse exclusivamente para llamadas de voz, quedando expresamente prohibido cualquier acceso a internet, redes sociales, aplicaciones de mensajería, correo electrónico, videollamadas o intercambio de archivos.
Las comunicaciones se realizarán únicamente hacia números previamente autorizados e incorporados a un registro de destinatarios habilitados. Además, se llevará un registro de datos básicos de cada comunicación, incluyendo fecha, hora, duración, interno solicitante, terminal utilizada y número de destino.
Finalmente, la ley contempla que la autoridad de aplicación pueda disponer la instalación de soluciones técnicas para impedir el cursado clandestino de comunicaciones móviles dentro de los establecimientos, incluyendo sistemas de inhibición o gestión controlada de señal.
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