30 de noviembre 2007 - 00:00

Regulan abortos en La Pampa

La Pampa - La Cámara de Diputados aprobó ayer un proyecto de ley que regula el procedimiento que deben cumplir los médicos del sector público para efectuar abortos cuando el embarazo pone en peligro la vida o la salud de la mujer, o cuando es producto de una violación a una mujer «idiota o demente». Así, se podrá intervenir un embarazo en tiempo «razonable», sin poner en riesgo la vida las mujeres.
En caso de que la norma sea promulgada por el gobernador Carlos Verna, La Pampa se convertiría en la primera jurisdicción del país en establecer por ley un protocolo para realizar las prácticas abortivas que están establecidas desde el año 1921 en el Código Penal Argentino.
La iniciativa, que fue presentada por la oposición y tiene el apoyo del gobierno provincial, médicos y organizaciones de mujeres, establece un protocolo que regula el procedimiento que deben realizar los médicos en los centros públicos de La Pampa en los casos de los «abortos no punibles».
Estos casos, contemplados en los incisos 1 y 2 del artículo 86 del Código Penal de la Nación, son los embarazos que ponen en peligro la vida o la salud de la mujer, o aquellas gestaciones producto de una violación a una mujer «idiota o demente».
El proyecto del diputado socialista Adrián Peppino había ingresado a la Legislatura pampeana el 7 de setiembre de 2006 y ahora fue aprobado con 18 votos de diputados del FRAP, ARI, Frente para la Victoria, PS, PJ y Corriente Peronista Federal, y con cinco votos en contra de legisladores del PJ.
La norma establece que en los casos de los abortos no punibles, los servicios de salud deberán garantizar la realización de un «diagnóstico y las intervenciones médicas necesarias para la interrupción de un embarazo sin riesgos» para la mujer.
También se determina que esas prácticas, apoyándose en el Código Penal, «no requieren de autorización judicial».
Asimismo, se establece que una mujer con discapacidad mental que quede embarazada producto de una violación puede pedir la práctica abortiva, que se debe realizar dentro de los siguientes seis días.
La norma aprobada también incluye la «objeción de conciencia» para aquellos médicos que manifiesten su decisión de no intervenir en los actos médicos de «abortos no punibles», quienes deberán hacerlo constar en unos 30 días de promulgada la ley y tendrán que renovar el trámite cada dos años.
La sesión de Diputados se efectuó bajo una ruidosa manifestación de unos 80 integrantes de la Iglesia Católica de Santa Rosa, algunos de los cuales calificaron de «asesinos» a los legisladores que aprobaron la norma.
También presenciaron la sesión una decena de integrantes de la ONG Mujeres por la Solidaridad, quienes apoyaron fuertemente la iniciativa y resaltaron que es «un paso más» para que se logre la despenalización del aborto.
El autor del proyecto, Peppino, dijo en la sesión que era «necesario» establecer por ley un reglamento para que las prác-
ticas abortivas legales se puedan realizar en un tiempo «razonable».

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