La AFIP amplió hasta fines de junio la vigencia del registro de contratos de comercialización de granos celebrados digitalmente, por intermedio de las Bolsas de Cereales, y la asistencia a los productores para la solicitud de cartas de porte y código de trazabilidad de granos.
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En la Resolución General 2612, publicada hoy en el Boletín Oficial, la AFIP amplió la vigencia del régimen de registración ante ese organismo de los contratos celebrados digitalmente, por intermedio de las Bolsas de Cereales, al período comprendido "entre el día 1 de mayo de 2009 y el día 30 de junio de 2009".
En estos casos, aclara la norma, "los responsables deberán presentar una declaración jurada los datos que permitan identificar la operación, acompañada de un ejemplar impreso del contrato respectivo".
Asimismo, dispuso la modificación parcial del procedimiento para la asistencia de los solicitantes de formularios de Cartas de Porte, así como para la emisión y obtención del Código de Trazabilidad de Granos (CTG).
Y extendió la asistencia "a todos los productores que no cuenten, en forma permanente, con la disponibilidad tecnológica necesaria para cumplir con el procedimiento previsto".
Para ello, los productores deberán presentar una declaración jurada en la que indiquen "no disponer de cobertura tecnológica necesaria, la superficie agrícola total explotada en la campaña en curso, en hectáreas, a la fecha de la solicitud, existencia (stock) de granos a la misma fecha, cantidad estimada de granos a cosechar en los próximos 30 días, discriminada por especie".
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