La ley de emergencia agropecuaria dispuesta para determinados departamentos de la provincia del Chubut afectados por sequías y actividad volcánica, entró en vigencia hoy con su publicación en el Boletín Oficial.
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Se trata de la ley 26.410 sancionada el 22 de octubre y promulgada de hecho el 11 de noviembre último.
La norma se refiere a la declaración de "zona de desastre ambiental y emergencia agropecuaria y comercial", de las zonas chubutenses afectadas por las sequías y la actividad volcánica.
La declaración de zona de desastre se extenderá por 180 días prorrogables por igual término, y comprende los departamentos chubutenses de Cushamen, Futaleufú, Tehuelches, Río Senguerr y Languiñeo.
La ley establece que el Poder Ejecutivo nacional destinará una partida especial, para afrontar las acciones de asistencia y reconstrucción productiva de las economías afectadas.
También se encomienda al Poder Ejecutivo la ampliación de fondos destinados a la cobertura de planes sociales durante el período temporal de la declaración de emergencia en el ámbito geográfico determinado, y la adopción de medidas que tiendan a preservar y restablecer las relaciones de producción y empleo.
Se facultó al Poder Ejecutivo nacional para que, a través del Banco de la Nación Argentina, se adopten medidas especiales para la refinanciación de las obligaciones de los productores afectados.
Asimismo, se facultó al Poder Ejecutivo nacional a instrumentar regímenes especiales de pago por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), que contemple expresamente a los contribuyentes afectados.
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