La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos (SAGPyA) limitó a 96 horas las operaciones de los barcos fresqueros, entre otras disposiciones relacionadas a la pesca de langostino.
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En su Resolución 589/2008, en el Boletín Oficial, la SAGPyA determinó que "los barcos fresqueros tendrán un límite máximo de operación de 96 horas contadas entre el inicio efectivo de las operaciones de pesca y su finalización".
Asimismo, dispuso que "deberán realizar a bordo el tratamiento adecuado que mantenga la calidad y frescura del producto y utilizar para la estiba a bordo cajones con hasta 15 kilogramos de producto".
La norma afecta a las embarcaciones que se dediquen a la pesca de la especie langostino (pleoticus muelleri), en la zona situada al Sur del Paralelo 41 Latitud Sur.
Estos ajustes sobre las condiciones y requisitos fueron realizados a raíz de la experiencia adquirida y los reiterados reclamos de la Cámara Argentina de Armadores de Buques Pesqueros ante la SAGPyA y el Consejo Federal Pesquero, revela la resolución en sus considerandos.
La medida, firmada por el ex secretario de Agricultura, Javier de Urquiza, entró en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
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