13 de abril 2005 - 00:00

Más control sobre mercados de frutas

Los mercados donde se compren y vendan productos frutihortícolas deberán informar al fisco bonaerense quiénes operan allí y las ventas que se realicen en ese espacio comercial. Así lo establece la disposición 021/05 firmada por el subsecretario de Ingresos Públicos bonaerense, Santiago Montoya, cuyo objetivo es contar con esa información a fin de facilitar la recaudación y determinar los gravámenes a su cargo.

A fines de noviembre último, Montoya había anunciado que se adoptaría esta medida tras detectarse una millonaria evasión impositiva en ese sector que impediría a la provincia percibir una suma cercana a los 90 millones de pesos.

En las operaciones de 2003 del Mercado Central se debían tributar al fisco unos 34 millones de pesos y sólo se cobraron 4 millones por el pago de Ingresos Brutos, en tanto de los 318 contribuyentes que operan en ese mercado, 55 por ciento no presentaba sus declaraciones juradas desde enero de 2003.


En esa oportunidad, el funcionario advirtió que en caso de no cumplir con la información requerida desde Rentas «pueden caber multas de hasta 30 mil pesos» y si se detecta «algún falseo de la información, además de la correspondiente multa, cabe la denuncia penal».

Según la disposición, los mercados mayoristas, minoristas y/o depósitos en general en los que se efectúen operaciones de compra y venta de productos frutihortícolas deberán suministrar al fisco información con relación a las operaciones llevadas a cabo en dichos recintos.


La obligación pesa sobre la persona física o jurídica que ejerza la administración o explotación del Mercado, se trate de titulares, usufructuarios, locatarios, comodatarios o interventores.

Los operadores deberán proporcionar a los administradores del Mercado, «hasta el día 10 o inmediato posterior hábil de cada mes», el detalle de las operaciones que efectuaron en el mes inmediato anterior.

Los administradores deben elevar al fisco, por bimestre calendario con un detalle mensual, los datos identificatorios de los operadores, cantidad de operaciones mensuales con cada vendedor, monto total comprado a cada vendedor y datos de los compradores.


También deberán detallar los cinco productos de mayor venta, existencia inicial, compras, ventas y valor unitario promedio de la unidad.

La disposición establece que la información de abril de 2005 vencerá el próximo 22 de mayo, la siguiente el 22 de julio, y así sucesivamente para cada período bimestral.

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