Aduana incautó u$s 2,6 millones en 17 meses (Antonini incluido)
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La legislación local indica que los infractores deberán pagar entre 50% y 200% por total del monto excedido a los u$s 10 mil que se permiten eximir de la declaración.
Días atrás, un funcionario aduanero apostado en la zona portuaria de una empresa naviera que realiza viajes al Uruguay desconfió de la declaración jurada de un ciudadano argentino proveniente de la ciudad de Colonia que ingresaba una suma inferior a los diez mi dólares. Inició una requisa en su equipaje y encontró entre sus ropas una riñonera con u$s 72.400.
En ese caso, la Aduana incauta la totalidad del monto, hasta que un fallo judicial determina qué porcentaje retenerle (según las multas contempladas en los artículos 977, 978 y 979 del Código Aduanero).
El dinero de la multa, siempre de acuerdo con esa legislación, es enviado a la Dirección General de Rentas. Esa entidad comunica a la Unidad de Investigación Financiera y a la AFIP del dinero declarado y de aquel que se intentó ingresar ilegalmente, para que investiguen el destino y su utilización.
Sucede que además de la infracción aduanera, el hecho de ingresar divisas ilegalmente puede configurar otro delito como el lavado de dinero o el contrabando, si los valores se hallasen ocultos con la intención de eludir los controles oficiales.
En cuanto al ingreso legal, Tirabassi agregó que «en 2007, el total de declaraciones ascendió a más de 33 millones de dólares y cumplido los primeros cinco meses de este año, suman u$s 15 millones».




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