4 de agosto 2023 - 06:30

AFIP mira tu tarjeta de crédito: cuánto podés gastar sin control

Desde hace unos meses, los bancos investigan los movimientos de todos sus clientes. Conocé los detalles.

Las entidades financieras deberán notificar a la AFIP, en lo que respecta a gastos con tarjeta de crédito y débito, cuando el cliente iguale o supere los $120.000.

Las entidades financieras deberán notificar a la AFIP, en lo que respecta a gastos con tarjeta de crédito y débito, cuando el cliente iguale o supere los $120.000.

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Los bancos deben informarle a la AFIP los movimientos y el origen de los fondos de los usuarios con plazos fijos.

Los bancos deben informarle a la AFIP los movimientos y el origen de los fondos de los usuarios con plazos fijos.

Tarjeta de crédito: ¿qué montos busca AFIP?

Las entidades financieras deberán notificar a la AFIP, en lo que respecta a gastos con tarjeta de crédito y débito, cuando el cliente iguale o supere los $120.000.

Antes, los bancos tenían que informarle al organismo solo cuando se tratase de consumos superiores a $30.000 mensuales.

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¿Qué movimientos vigila la AFIP?

  • El monto total acumulado de las acreditaciones mensuales efectuadas en las cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas sueldo o de la seguridad social y cuentas especiales, en moneda argentina o extranjera, cuando el mismo resulte igual o superior a $ 200.000.
  • El monto total acumulado de las extracciones mensuales en efectivo efectuadas de las cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas sueldo o de la seguridad social y cuentas especiales, en moneda argentina o extranjera, cuando el mismo resulte igual o superior a $ 200.000.
  • Los saldos de las cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas sueldo o de la seguridad social y cuentas especiales que, al último día hábil del período mensual informado, resulten iguales o superiores en el mes a $200.000 (deberán considerarse los importes positivos y negativos).
  • El monto total acumulado de los depósitos a plazo constituidos en el período mensual de información, cuando el mismo resulte igual o superior a $200.000.
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Si no fuera por la caída de las retenciones a las exportaciones la AFIP hubiera tenido una mejora real

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Billeteras digitales: ¿cuándo te empieza a investigar AFIP?

Los usuarios de billeteras virtuales serán investigados por las aplicaciones, y notificados con la AFIP, si igualan o superan las nuevas reglamentaciones:

  • Si se hubieran registrado, en el período, ingresos o egresos totales, iguales o superiores a $120.000.
  • Los saldos al último día hábil del período mensual informado resulten iguales o superiores en el mes a $200.000 (importes positivos y negativos).
  • Cuando el tipo de operación, ya se ingreso o egreso de efectivo, transferencia bancaria, en moneda extranjera, moneda digital, sea una transferencia bancaria y/o virtual, a un monto igual o superior a $400.000.

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