La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos, y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso reemplazar el régimen de escalas de aranceles que pagan las empresas importadoras de alimentos y materiales que puedan estar en contacto con estos, como el caso de envases, por una sola tasa del 0,5% del valor FOB del bien adquirido en el exterior.
ANMAT simplificó el arancel que cobra a la importación de alimentos
La modificación tiene el objetivo de simplificar la normativa. Comenzará a regir en 30 días.
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Cambios para las importaciones de alimentos.
Así se estableció a través de la Disposición 4538/2025 que se publicó hoy en el Boletín Oficial, con entrada en vigor a los 30 días.
Solo en el primer trimestre de este año, con la aplicación de la actual escala, el costo empresario ascendió a $14.865 millones, y que hubiera bajado a $2.863 millones, si se aplicara el arancel del 0,5% que entrará en vigencia a partir de la nueva disposición.
La revisión y modificación del régimen arancelario aplicable a tramitaciones de importación ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) tiene como objetivo promover la simplificación normativa, la eficiencia administrativa y una mayor equidad económica en los procedimientos arancelarios vinculados a productos alimenticios importados, según se informa oficialmente.
Se considera que el actual sistema de aranceles por escala genera distorsiones en términos de proporcionalidad respecto del valor declarado de las mercaderías. Se señala que, bajo el régimen vigente, pueden presentarse situaciones en las que el arancel a percibir resulte superior al valor FOB declarado o represente un porcentaje desproporcionado en relación al mismo.
Se cita como ejemplo que, con el método actual puede estar ingresando $25.000 de mercadería y pagar más del doble ($52.500) de arancel.
Las autoridades de ANMAT entienden que estas inconsistencias afectan la equidad del régimen arancelario, ya que el sistema escalonado puede derivar en un tratamiento regresivo para operaciones que se ubican al inicio de cada rango, o bien excesivo en casos de productos de menor valor.
Por estas razones se estableció una tasa proporcional del 0,5% sobre el valor FOB declarado para los siguientes trámites:
- Aviso de importación de alimentos (por producto).
- Aviso de importación de envases y productos en contacto con alimentos (por línea de productos de un mismo material y color).
- Aviso de importación de alimentos destinados exclusivamente para uso industrial del establecimiento importador (UPEI).
- Autorización de importación de alimentos y alimentos destinados exclusivamente para uso industrial del establecimiento importador (UPEI) consolidado (hasta un máximo de 4 presentaciones).
- Autorización de importación de envases consolidada (hasta un máximo de 4 presentaciones).
La información oficial sostiene que este nuevo esquema presenta las siguientes ventajas:
- Mejora la transparencia y previsibilidad del sistema;
- Asegura una mayor proporcionalidad entre el arancel y el valor económico de cada operación;
- Se alinea con los principios de eficiencia y racionalización administrativa dispuestos por la normativa vigente;
- Contribuye a reducir la carga económica sobre el sector productivo y regulado, sin comprometer la sustentabilidad financiera de esta Administración.
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