La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) permite que puedas inscribirte como contribuyente directo/a dentro del impuesto sobre los Ingresos Brutos si tenes una pequeña y mediana empresa, o una cooperativa. Todo esto, siempre que desarrolles tu actividad en la provincia de Buenos Aires (jurisdicción de la ARBA).
En caso de tener una actividad en más de una jurisdicción (en otras provincias o en la CABA), deberás inscribirte como contribuyente de un "Convenio Multilateral". Esta gestión podés realizarla desde la web oficial de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral (COMARB), el organismo oficial que se ocupa de regular las facultades tributarias para los emprendimientos emplazados en las jurisdicciones provinciales, respecto al Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
ARBA: requisitos a tener en cuenta para crear una sociedad
En caso de estar pensando en dar de alta a una sociedad dentro de la agencia de recaudación bonaerense, te corresponde cumplir con las siguientes exigencias:
- Tener una Clave de Identificación Tributaria (CIT). En caso de no tenerla, deberás obtenerla para proseguir.
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Contar con un correo electrónico (en caso de Personas Jurídicas, también deberás contar con el de los responsables solidarios).
- Además, deberás contar con los siguientes datos:
Identificación de el/la solicitante (en caso de personas jurídicas, también de sus responsables solidarios).
La actividad principal que realiza (podés consultar el Nomenclador de Actividades de Ingresos Brutos).
Ubicación del domicilio fiscal.
Ubicación del domicilio de la actividad, donde se necesitará, además, el número de Partido/Partida tanto para el asiento principal como el de las sucursales.
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Otros detalles
- El trámite NO posee costo.
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Requerirás tu Clave de Identificación Tributaria. En caso de no tenerla, podés obtenerla mediante el trámite de "Obtención de Clave de Identificación Tributaria (CIT)".
- En el caso delLas cooperativas, que estén constituidas en el marco de la Ley Nacional N° 20.337, tendrán que presentar anualmente una Declaración Jurada Informativa que corresponda al año anterior, antes del 10 de mayo de cada año.
¿Quién puede presentar el trámite en ARBA?
Las personas miembros de la sociedad que están habilitadas a realizar este trámite son las siguientes:
- Los contribuyente Herederos/as y Legatarios/as (causahabientes).
- Un Representante Voluntario/a.
- Un Representante Legal.
- Un Representante Judicial.
Paso a paso: cómo dar de alta a una sociedad desde la web
Al momento de realizar el trámite, desde la página oficial de la ARBA, los pasos a seguir son los siguientes:
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